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Medicina Laboral

La medicina laboral no es solo enviar al trabajador a un chequeo general. Es la ciencia de adaptar el trabajo al hombre y proteger su salud frente a los riesgos específicos de su cargo.

Por Pablo Medina · Especialista SST 3 min de lectura

Médico especialista en seguridad y salud en el trabajo revisando los exámenes ocupacionales de un trabajador de obra

La diferencia entre EPS y ARL en Medicina Laboral

Es común que las empresas confundan la medicina laboral con el servicio de las Entidades Promotoras de Salud (EPS). La regla es sencilla: Si un trabajador se enferma por fuera del trabajo (enfermedad de origen común), lo atiende la EPS. Si el trabajador se enferma o accidenta por causa directa de sus funciones, interviene la ARL y el sistema de medicina del trabajo de la empresa.

El SG-SST (Sistema de Gestión) exige a las empresas implementar un subprograma de medicina preventiva y del trabajo para monitorear el estado de salud de su gente antes de que se presenten patologías irreversibles (como pérdida de audición por ruido industrial o hernias por carga física).

Tipos de Exámenes Ocupacionales Obligatorios

La Resolución 2346 de 2007 rige en Colombia la práctica de estas evaluaciones médicas. Toda empresa, sin importar su tamaño, está obligada a realizar:

  1. Evaluación de Ingreso (Pre-empleo): Determina si el candidato es apto para las exigencias del cargo antes de firmar contrato.
  2. Evaluación Periódica: Se realiza anual o bianualmente para monitorear si el trabajo está afectando la salud del empleado a lo largo del tiempo.
  3. Evaluación de Egreso (Retiro): Obligatoria cuando el trabajador termina su contrato. Registra su estado de salud al salir de la compañía para evitar futuras demandas injustificadas por «enfermedades» no reportadas.
  4. Evaluación Post-incapacidad: Cuando un trabajador regresa tras una incapacidad médica prolongada (generalmente mayor a 30 días) para validar si puede retomar sus funciones o requiere reubicación.

!Diagrama explicativo con los cuatro tipos de exámenes ocupacionales obligatorios: Ingreso, Periódico, Post-incapacidad y Egreso.

¿Puede un médico general hacer estos exámenes?

Rotundamente NO. Un error gravísimo que cometen algunas empresas es pedirle al trabajador que traiga un «certificado médico de aptitud» de un médico general o de su EPS.

Para que la evaluación ocupacional tenga validez legal y soporte auditorías del Ministerio de Trabajo o de la ARL, debe ser expedida por un Médico Especialista en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) con su respectiva licencia vigente otorgada por la Secretaría de Salud.

Si un trabajador sufre un accidente grave y el Ministerio descubre que fue contratado con el visto bueno de un médico sin licencia SST, la empresa enfrentará multas millonarias por «culpa patronal» al no haber garantizado la aptitud real del empleado.

El Profesiograma: La brújula médica de la empresa

El médico especialista no adivina qué exámenes debe hacerle a su personal. La empresa debe entregarle un Profesiograma.

Este documento cruza cada cargo de la empresa con los peligros a los que está expuesto, y define qué pruebas clínicas requiere. Por ejemplo:

  • A una secretaria (Riesgo visual y ergonómico) se le pedirá Visiometría y examen osteomuscular.
  • A un operario de montacargas en bodega (Ruido, vibración, alturas) se le pedirá Audiometría, Optometría, Cuadro Hemático y prueba de Vértigo.

!Tabla de ejemplo de un profesiograma mostrando cómo varían los exámenes médicos dependiendo del cargo y el nivel de riesgo.

No tener profesiograma significa que está gastando dinero en exámenes innecesarios o, peor aún, omitiendo pruebas vitales para la protección de sus operarios.

Preguntas Frecuentes

¿Quién asume el costo de los exámenes médicos?

El 100% del costo de las evaluaciones médicas ocupacionales recae sobre el empleador. El trabajador no debe pagar absolutamente nada, ni siquiera en el examen de ingreso.

¿Se debe entregar copia de la historia clínica a la empresa?

No. La historia clínica ocupacional es estrictamente confidencial. La empresa solo recibe el «Certificado de Aptitud Médica» que indica si el trabajador es Apto, Apto con restricciones, o No Apto.

¿Qué pasa si el examen de retiro sale alterado?

Si el médico detecta una presunta enfermedad laboral en el examen de retiro, la empresa debe reportarlo a la ARL para que se inicie el proceso de calificación de origen.

¿Con qué frecuencia se hacen los exámenes periódicos?

Depende del nivel de riesgo. Para empresas de riesgo I y II, suele ser cada 2 años. Para áreas de riesgo IV y V, o exposición a químicos peligrosos, es obligatorio realizarlo de forma anual o incluso semestral.