Riesgo eléctrico: qué exige la norma en el SG-SST
Riesgo eléctrico es la posibilidad de que una persona reciba una descarga, una quemadura o las proyecciones de un arco al entrar en contacto con una instalación, un equipo o una herramienta energizados. No es un riesgo exclusivo de los electricistas.
En Colombia lo regulan la Resolución 2400 de 1979, que tiene un capítulo entero sobre electricidad, el RETIE del Ministerio de Minas y Energía y el Decreto 1072 de 2015, que obliga a controlarlo dentro del SG-SST.
Por Pablo Medina · Especialista SST 10 min de lectura

Cuatro formas en que la electricidad hace daño
El riesgo eléctrico no se presenta de una sola manera, y cada forma pide un control distinto.
| Forma | Qué pasa | Qué la controla |
|---|---|---|
| Contacto directo | La persona toca una parte que está energizada: un borne, un cable pelado, un tablero abierto | Aislamiento, tapas, barreras y desconexión antes de intervenir |
| Contacto indirecto | La persona toca una carcasa o estructura metálica que se energizó por una falla de aislamiento | Conexión a tierra de las partes metálicas y protecciones de la instalación |
| Arco eléctrico | Un cortocircuito produce calor intenso, luz y proyecciones | Desconexión, bloqueo y procedimientos de maniobra |
| Electricidad estática | Las cargas acumuladas producen chispas que pueden encender gases, vapores o polvos | Conexión a tierra y control de la humedad y de las cargas |
La electricidad estática suele quedar fuera de las matrices de peligros, y la Resolución 2400 le dedica los artículos 146 a 151. Es un riesgo real en bodegas de solventes, en el trasvase de líquidos inflamables y en industrias que manejan polvos combustibles.

Lo que dice la Resolución 2400 sobre el riesgo eléctrico
El capítulo VII del título III de la Resolución 2400 de 1979 se titula «De la electricidad, alterna, continua y estática» y empieza en el artículo 121. Es anterior al RETIE y sigue vigente como norma de seguridad en el trabajo. Sus reglas son concretas:
- Art. 121. Las instalaciones, máquinas y equipos eléctricos se construyen, instalan, protegen, aíslan y conservan de modo que se eviten el contacto accidental con elementos bajo tensión y los incendios.
- Art. 122. Nadie trabaja en un circuito vivo sin instrucciones apropiadas. Su parágrafo dice que los circuitos se desconectan antes de trabajar en ellos y que los desconectados «deberán ser tratados como si estuvieran vivos».
- Art. 124. Las herramientas eléctricas manuales y las lámparas portátiles son de voltaje reducido, y los equipos van conectados a tierra.
- Art. 125. Las instalaciones se protegen contra golpes y rozamiento, y se evita «la presencia de cables dispersos en el piso y zonas de trabajo».
- Arts. 126 a 128. Los controles de alta tensión, los tableros con partes energizadas al descubierto y los transformadores quedan protegidos y con acceso solo para el personal autorizado. El artículo 127 exige que las cajas de fusibles e interruptores estén «siempre tapadas».
- Arts. 133 y 135. Las partes metálicas de motores, tableros, transformadores y canalizaciones van conectadas a tierra.
- Art. 145. Quienes trabajan con equipos, máquinas o circuitos eléctricos aprenden primeros auxilios y respiración artificial.

El RETIE y lo que no le corresponde al SG-SST
El Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE) es del Ministerio de Minas y Energía y fija los requisitos técnicos de las instalaciones y de los productos eléctricos, y cómo se evalúa su conformidad. La versión vigente, según la página oficial del Ministerio, es la Resolución 40284 del 23 de junio de 2026, organizada en cuatro libros: aspectos generales, productos, instalaciones y evaluación de la conformidad.
Hay que trazar una línea clara. Que una instalación cumpla el RETIE es materia de ingeniería eléctrica: la diseña, la construye y la certifica quien tiene la competencia técnica para eso. Al SG-SST le corresponde otra cosa: identificar el peligro, controlar cómo trabajan las personas cerca de la instalación y dentro de ella, y verificar que esos controles funcionen. Una empresa necesita las dos, y ninguna reemplaza a la otra.
El riesgo eléctrico dentro del SG-SST
El riesgo eléctrico tiene que estar en la matriz de peligros de cualquier empresa que tenga una instalación eléctrica, que son todas. Para controlarlo, el artículo 2.2.4.6.24 del Decreto 1072 fija un orden que no se puede saltar: primero se intenta quitar el peligro o cambiarlo por uno menor, luego se actúa sobre la instalación, después sobre la forma de trabajar, y solo al final sobre lo que lleva puesto la persona.
En riesgo eléctrico, la eliminación casi siempre significa trabajar sin tensión: desconectar antes de intervenir, como pide el artículo 122 de la Resolución 2400. Los controles de ingeniería son las tapas, las barreras, la conexión a tierra y las protecciones de la instalación. En los administrativos, el mismo numeral 4 del decreto nombra la señalización, la demarcación de zonas de riesgo, los controles de acceso y los permisos de trabajo. El EPP dieléctrico cierra la lista: complementa lo anterior, no lo sustituye.

Desconexión y bloqueo: el control que más falla
El parágrafo del artículo 122 de la Resolución 2400 contiene la idea que hoy se conoce como bloqueo y etiquetado. Primero se desconecta, y después se trata lo desconectado como si estuviera vivo, «para crear un ambiente de precauciones y evitar accidentes por error de otro trabajador». El error de otro trabajador es exactamente el escenario más común: alguien sube el interruptor que otro bajó porque no sabía que había una persona trabajando.
El bloqueo resuelve eso. Cada persona que interviene pone su propio candado en el dispositivo de desconexión y su tarjeta con nombre, y nadie puede reenergizar mientras haya un candado puesto. Pero el bloqueo solo funciona si está escrito para cada equipo y si quien lo aplica fue formado. Un candado compartido, una tarjeta sin nombre o un aviso por radio no cumplen esa función.

Quién está expuesto y quién está autorizado
La Resolución 2400 habla una y otra vez de «personal autorizado» (arts. 126 a 128). Esa distinción organiza los controles del riesgo eléctrico en la empresa.
El personal expuesto trabaja cerca de instalaciones y equipos eléctricos sin intervenirlos: operarios, personal de aseo, supervisores. Para ellos los controles son tableros cerrados, cables protegidos, señalización y una instrucción clara: no abrir, no reparar, reportar.
El personal autorizado interviene las instalaciones: electricistas, técnicos de mantenimiento. Para ellos la empresa tiene que definir quién puede hacer qué, con qué formación y con qué procedimiento. Las competencias técnicas de quien ejecuta trabajos eléctricos las fijan las normas del sector eléctrico, y la empresa debe verificarlas antes de autorizar a alguien, sea trabajador propio o contratista.
El EPP dieléctrico es el último control
El equipo de protección para riesgo eléctrico tiene que ser dieléctrico y adecuado a la tensión con la que se trabaja. La Resolución 2400 lo menciona en varios artículos. El 132 habla de tenazas aislantes, guantes de caucho y calzado con suela de goma. El 129, de tapetes o plataformas aislantes cuando se trabaja con interruptores vivos. El 144, para los tendidos eléctricos, menciona guantes, guanteletes y mangas de caucho «que reúnan las especificaciones dieléctricas de acuerdo con el voltaje», calzado aislante y cascos dieléctricos.
Un elemento dieléctrico que no se revisa no protege, aunque se vea bien. La empresa define en su SG-SST cómo se inspecciona antes de cada uso y cómo se prueba según las indicaciones del fabricante. Esa revisión entra en las inspecciones de seguridad.

Errores frecuentes con el riesgo eléctrico
Intervenir sin bloquear. Se baja el interruptor y nadie asegura que siga abajo. Es el error del «son cinco minutos».
Confiar en que el circuito está muerto. El interruptor estaba mal marcado, había otra alimentación o quedó energía acumulada. El artículo 122 manda tratar lo desconectado como vivo, y por eso se verifica la ausencia de tensión antes de tocar.
Tableros sin tapa. Cajas de breakers abiertas en un pasillo, al alcance de cualquiera. El artículo 127 las quiere siempre tapadas.
Cables por el piso. Extensiones que cruzan zonas de paso, pisadas por montacargas y con el aislamiento roto. Lo prohíbe el artículo 125.
Herramientas y extensiones sin tierra. El enchufe con la pata de tierra cortada para que «entre» en un tomacorriente viejo. Es contacto indirecto esperando a ocurrir.

Qué revisa una visita o una auditoría
En los papeles, quien evalúa el riesgo eléctrico busca el peligro en la matriz con sus controles, el procedimiento de desconexión y bloqueo con sus registros y la lista del personal autorizado con su formación. También busca el EPP dieléctrico con sus revisiones y las inspecciones que incluyen tableros e instalaciones. En el recorrido mira lo que dice la Resolución 2400: tableros tapados, cables fuera del piso, partes metálicas a tierra, acceso restringido a subestaciones y transformadores, y avisos donde corresponde.

Si alguien se electrocuta, la investigación del accidente pregunta primero por esos controles. En cifras, la Ley 1562 de 2012 pone en su artículo 13 dos techos: 500 salarios mínimos para el incumplimiento de las normas de SST y 1.000 para la muerte de un trabajador con incumplimiento probado. Cuánto se cobra dentro de ese techo depende, en buena parte, de cuántos trabajadores tiene la empresa.
Contratistas que intervienen la instalación
Si el mantenimiento eléctrico lo hace un tercero, la empresa conserva dos deberes del artículo 2.2.4.6.28 del Decreto 1072: contarle al contratista, antes del inicio, qué peligros hay en el sitio (numeral 4) y comprobar a lo largo del contrato que trabaja conforme a las normas de SST (numeral 6). En la gestión de contratistas, eso significa comprobar la formación de quien va a intervenir, que aplique el bloqueo de la empresa sobre los equipos de la empresa y que su EPP sea el adecuado a la tensión. Los candados del contratista conviven con los de la empresa: nadie reenergiza hasta que se retiren todos.
Cómo lo trabaja Medina
Medina trabaja el riesgo eléctrico desde el SG-SST. Lo identifica en la matriz de peligros, área por área, incluida la electricidad estática donde hay inflamables, y define los controles sobre las personas. Deja escrito el procedimiento de desconexión y bloqueo por equipo, la lista de personal autorizado, la revisión del EPP dieléctrico y las reglas para los contratistas, y forma al personal expuesto para que sepa qué no debe tocar. La conformidad técnica de la instalación con el RETIE la evalúa un profesional del área eléctrica, y Medina deja claro en el sistema dónde termina una responsabilidad y empieza la otra.
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Preguntas frecuentes
¿El riesgo eléctrico solo afecta a los electricistas?
No. Lo tiene cualquier persona que trabaje cerca de instalaciones, tableros o equipos eléctricos. La diferencia está en los controles: el personal expuesto no interviene y necesita instalaciones protegidas y señalizadas; el personal autorizado interviene y necesita procedimiento, formación y EPP dieléctrico.
¿Qué norma regula el riesgo eléctrico en el trabajo?
La Resolución 2400 de 1979, en su capítulo «De la electricidad, alterna, continua y estática» (arts. 121 y siguientes), y el Decreto 1072 de 2015 dentro del SG-SST. Los requisitos técnicos de las instalaciones están en el RETIE del Ministerio de Minas y Energía, hoy en la Resolución 40284 de 2026.
¿El bloqueo y etiquetado es obligatorio?
La Resolución 2400 exige desconectar los circuitos antes de trabajar en ellos y tratar los desconectados como vivos (art. 122), y el Decreto 1072 obliga a controlar los peligros identificados. El bloqueo con candado y tarjeta es la forma práctica de cumplir esas dos obligaciones cuando hay mantenimiento.
¿Qué pasa con la electricidad estática?
La Resolución 2400 la trata en los artículos 146 a 151: obliga a conectar a tierra los equipos donde se producen cargas por frotamiento y a controlarlas en ambientes inflamables. Es un peligro que debe estar en la matriz de las empresas que manejan solventes o polvos combustibles.
¿Quién responde si un contratista sufre un accidente eléctrico en mis instalaciones?
En lo que toca al SG-SST, la empresa debía haberle dicho al contratista qué peligros había en el sitio y comprobar que trabajaba con seguridad (Decreto 1072, art. 2.2.4.6.28). Las consecuencias legales de un accidente concreto ya son terreno del abogado de la empresa.
¿El SG-SST certifica que la instalación cumple el RETIE?
No. La conformidad de la instalación con el RETIE es una evaluación técnica del área eléctrica, con sus propios procedimientos. El SG-SST controla cómo trabajan las personas con esa instalación y cerca de ella.
Fuentes normativas oficiales
- Resolución 2400 de 1979
capítulo «De la electricidad, alterna, continua y estática»: arts. 121-129, 132-135, 144-151.
- Decreto 1072 de 2015
el orden de los controles en el 2.2.4.6.24, los deberes frente a contratistas en el 2.2.4.6.28 y la escala de multas por tamaño en el capítulo 11.
- Resolución 40284 de 2026 — RETIE
Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas del Ministerio de Minas y Energía, expedido el 23 de junio de 2026 en cuatro libros.
- Ley 1562 de 2012
el artículo 13 y sus dos topes de multa.