Simulacro de evacuación: qué exige la norma y qué se revisa
Simulacro de evacuación es el ejercicio en el que una empresa pone a prueba su plan de emergencias con personas reales: suena la alarma, cada área sale por la ruta prevista, la brigada barre las zonas y cuenta en el punto de encuentro, y alguien mide lo que pasó. El Decreto 1072 de 2015 exige hacerlo como mínimo una vez al año con todos los trabajadores.
Pero el número no es lo que define si sirvió: lo define si el plan cambió después.
Por Pablo Medina · Especialista SST 10 min de lectura

Lo que exige la norma sobre el simulacro de evacuación
El numeral 10 del artículo 2.2.4.6.25 del Decreto 1072 es corto: «realizar simulacros como mínimo una (1) vez al año con la participación de todos los trabajadores». El desarrollo completo de esa obligación dentro del plan de emergencias está en su página. Aquí importan tres detalles que cambian cómo se organiza el ejercicio.
El plan cubre a más gente que la nómina. El encabezado del mismo artículo extiende la preparación ante emergencias a cada sede y a cada turno, y a toda persona que esté en la empresa por cualquier vínculo: contratistas, subcontratistas, proveedores y hasta visitantes. Un simulacro que deja por fuera al contratista de mantenimiento, al turno de la noche o a la recepción llena de visitantes no prueba el plan que la norma pide.
La Resolución 0312 pide el análisis, no solo el ejercicio. El estándar del plan de emergencias del artículo 16 aplica a las empresas de más de 50 trabajadores y a las de riesgo IV o V. Quien lo evalúa no se queda con la constancia de que hubo simulacro: pide el análisis del ejercicio y comprueba que sus recomendaciones terminaron mejorando el plan. Un simulacro sin análisis, o con un análisis que no cambió nada, no pasa ese estándar.
El ejercicio pone a prueba el resto del artículo. Las rutas y los planos del numeral 8, la formación de la gente del 9, la brigada de emergencia del 11 y la alarma y los equipos que el 12 manda inspeccionar se prueban juntos en unos pocos minutos. Si una pieza falla, el simulacro es donde se descubre sin que nadie salga herido.
Tipos de simulacro de evacuación
No todos los simulacros miden lo mismo, y elegir mal el tipo es elegir mal lo que se va a aprender.
| Tipo | Qué es | Qué permite ver |
|---|---|---|
| De escritorio | El escenario se discute sobre el plano, sin que nadie se mueva | Si la lógica del plan se sostiene: quién decide, quién llama, qué ruta se usa si una está bloqueada |
| Avisado | Se conoce la fecha y el escenario | Si las rutas, la alarma y los roles funcionan como están escritos |
| Sin aviso | La alarma suena sin anuncio previo | La reacción real de las personas y los tiempos verdaderos |
| Con apoyo externo | Participan bomberos, socorro u otros organismos | La coordinación con quien llega de afuera |
El ejercicio de escritorio no reemplaza al simulacro con desplazamiento, porque el numeral 10 habla de la participación de todos los trabajadores. Pero sí lo prepara. Un simulacro sin aviso en una empresa que nunca ha ensayado no mide preparación: mide el pánico. Por eso la secuencia sensata va de lo más simple a lo más exigente.

El escenario sale de las amenazas, no de la costumbre
El plan de emergencias empieza por identificar las amenazas y analizar la vulnerabilidad (numerales 1 y 3 del artículo 2.2.4.6.25). El escenario del simulacro tiene que salir de ese análisis y de la matriz de peligros, no de lo que es más fácil de montar.
En la práctica, la mayoría de las empresas ensaya el sismo todos los años porque es el escenario más simple: suena la alarma y todos salen. Si la planta almacena sustancias químicas, hace trabajo en caliente o tiene una cocina industrial, el incendio o el derrame son escenarios igual de probables, y piden decisiones distintas: otra ruta, otro punto de encuentro, otra actuación de la brigada. Un cronograma con tres años de «sismo» en una empresa con químicos se nota en cualquier revisión.

Quién hace qué durante el ejercicio
Un simulacro en el que todos salen pero nadie coordina ni mide es un desalojo, no un ejercicio que se pueda analizar. Las funciones básicas son cuatro.
La coordinación da inicio al ejercicio, recibe los reportes de cada área, decide si se pide apoyo y declara el final. La brigada guía la salida por zonas, revisa baños, bodegas y oficinas cerradas y hace el conteo en el punto de encuentro. Los observadores no evacúan: se ubican en puntos fijos, como escaleras, salidas y punto de encuentro, y anotan tiempos y fallas. Todos los demás, incluidos contratistas y visitantes, evacúan según el plan.

Los observadores son la pieza que más se omite. Cuando la propia brigada evalúa su desempeño, el informe dice que todo salió bien. Un observador que no tiene otra tarea, idealmente alguien que no conoce los vicios del edificio, es quien detecta que la alarma no se oyó en la bodega o que la puerta del segundo piso se abre hacia adentro.

El análisis: lo que convierte el ejercicio en evidencia
El análisis es lo que la Resolución 0312 manda verificar, y lo que más se salta. Un análisis útil deja claro cuánto tardó cada área y dónde se formó el cuello de botella, quién no se enteró de la alarma y por qué, y qué falló en las rutas, puertas, escaleras y equipos. Sobre todo, deja claro qué se cambió en el plan antes del siguiente ejercicio.

Ese último punto es el que revisa un auditor cuando pone el informe del año pasado al lado del plan vigente. Si el informe decía que la alarma no se oía en la zona de máquinas y el plan sigue igual, el simulacro se hizo, pero no se aprovechó. Los registros del simulacro son documentos del SG-SST y se conservan de manera controlada, legibles y protegidos, como pide el artículo 2.2.4.6.13 del Decreto 1072.

Errores frecuentes en los simulacros
Terminar en el punto de encuentro. Todos vuelven a trabajar y nadie escribe nada. Para la Resolución 0312, sin análisis el estándar no se cumple.
Ensayar siempre el mismo escenario. El sismo año tras año, aunque la planta tenga químicos, calderas o trabajo en caliente.
Ensayar solo con el turno de la mañana. El numeral 10 habla de todos los trabajadores, y el encabezado del artículo 2.2.4.6.25 incluye todos los turnos, contratistas y visitantes. El turno de la noche, con menos personal y menos brigadistas, es justo el que más necesita el ensayo.
Rutas despejadas solo ese día. La escalera de emergencia se desocupa para el simulacro y vuelve a llenarse de cajas el lunes. El simulacro tiene que retratar la empresa como es, no como se arregla para el ejercicio.
Equipos que no se revisaron antes. La alarma que no suena o el extintor sin carga aparecen en medio del simulacro, cuando el numeral 12 pedía inspeccionarlos con la periodicidad del SG-SST.

Cuando la empresa también tiene plan de gestión del riesgo de desastres
Algunas empresas tienen, además del plan de emergencias del SG-SST, un plan de gestión del riesgo de desastres. Lo exige el Decreto 2157 de 2017 a quienes prestan servicios públicos, ejecutan obras civiles mayores o desarrollan actividades industriales, de transporte y almacenamiento de carga, y a quienes operan espacios que generan aglomeraciones. Desarrolla el artículo 42 de la Ley 1523 de 2012. Una oficina o un comercio no están en ese ámbito.
Los dos planes no son el mismo documento y ninguno reemplaza al otro. El parágrafo 1 del artículo 2.2.4.6.25 permite articular el plan de emergencias con las instituciones del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. Para una empresa que tiene los dos, eso significa que los escenarios del simulacro deben ser coherentes con ambos planes.
Qué revisa una visita sobre los simulacros
Ante un simulacro de evacuación, una visita del Ministerio o una auditoría busca evidencia, no declaraciones. Pide el cronograma, normalmente dentro del plan de trabajo anual, y el registro del último ejercicio con fecha, escenario, participantes y tiempos. Pide también el análisis con sus hallazgos y la prueba de que el plan se ajustó con esas recomendaciones. Y en el recorrido comprueba lo que el simulacro debió probar: rutas libres, señalización de evacuación, alarma audible y equipos inspeccionados.

No hacer simulacros es incumplir una norma de SST. El artículo 13 de la Ley 1562 de 2012 permite multas de hasta 500 salarios mínimos, que el Decreto 1072 gradúa según el tamaño de la empresa. El costo mayor llega con una emergencia real, cuando la empresa tiene que demostrar que preparó a su gente y no tiene cómo.
Los contratistas en el simulacro
El encabezado del artículo 2.2.4.6.25 incluye a contratistas y subcontratistas en la cobertura del plan. El artículo 2.2.4.6.28 obliga a informarles, antes de empezar, las medidas de prevención y atención de emergencias de su zona de trabajo (numeral 4). En la gestión de contratistas, eso significa que el personal externo conoce la ruta y el punto de encuentro, y participa en el ejercicio cuando está en las instalaciones.
Qué exigirle a quien organiza el simulacro
Cuando la empresa contrata el simulacro, conviene comprobar algunas cosas antes de pagar y después de recibir el informe:
- ¿El escenario salió del análisis de vulnerabilidad de la empresa o es el mismo guion para todos los clientes?
- ¿Hubo observadores que no evacuaron, o la brigada se evaluó a sí misma?
- ¿El informe trae tiempos por área o solo un tiempo total?
- ¿Las recomendaciones tienen responsable y fecha, y quedaron incorporadas al plan?
- ¿Se incluyó a los contratistas, a los visitantes y a todos los turnos?
Un simulacro que no mide nada da una falsa sensación de cumplimiento, y es justo lo que no resiste una revisión del estándar.
Cómo lo trabaja Medina
Medina prepara el simulacro como parte del plan de emergencias, no como un evento suelto. El escenario sale del análisis de vulnerabilidad de cada empresa, los roles se asignan con las personas reales de cada turno y los observadores reciben su guía antes del ejercicio. Después, el informe se convierte en cambios concretos al plan. Si el simulacro muestra que falta señalización, que la alarma no se oye o que la brigada no tiene dotación, Medina también suministra e instala esos elementos, para que el siguiente ejercicio pruebe la corrección.
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Preguntas frecuentes
¿Cada cuánto se debe hacer un simulacro de evacuación?
Como mínimo una vez al año, con la participación de todos los trabajadores (Decreto 1072, art. 2.2.4.6.25, num. 10). Es un mínimo: una empresa con varios turnos o escenarios distintos necesita más ejercicios para cubrirlos.
¿El simulacro de evacuación es obligatorio para todas las empresas?
Sí. El artículo 2.2.4.6.25 del Decreto 1072 aplica a todo empleador. La Resolución 0312 cambia el detalle de lo que se verifica según el tamaño y el riesgo, pero no elimina la obligación.
¿Los contratistas y visitantes tienen que participar?
El plan de emergencias tiene que cubrirlos: el encabezado del artículo 2.2.4.6.25 incluye contratistas, subcontratistas, proveedores y visitantes. Si están en las instalaciones durante el ejercicio, evacúan como los demás.
¿Un simulacro de escritorio cumple la obligación?
Sirve para preparar el ejercicio, pero el numeral 10 habla de la participación de todos los trabajadores. La evidencia que pide la norma es el simulacro con desplazamiento real, su análisis y los cambios al plan.
¿Qué documentos deben quedar después del simulacro?
El registro del ejercicio, con fecha, escenario, participantes y tiempos; el análisis con hallazgos; y la evidencia de que las recomendaciones se incorporaron al plan de emergencias, que es lo que verifica la Resolución 0312.
¿Quién puede ser observador?
Cualquier persona que no tenga otra tarea durante el ejercicio y que haya recibido la guía de lo que debe registrar. Funciona mejor alguien que no conozca la rutina del edificio, porque ve lo que los demás ya no ven.
Fuentes normativas oficiales
- Decreto 1072 de 2015
art. 2.2.4.6.25 (encabezado: cobertura a todos los turnos, contratistas, proveedores y visitantes; nums. 1, 3, 8-12), art. 2.2.4.6.13 (conservación de documentos), art. 2.2.4.6.28 num. 4 (información de emergencias a contratistas) y capítulo 11 (graduación de multas).
- Resolución 0312 de 2019
art. 16, estándar del plan de prevención, preparación y respuesta ante emergencias: simulacros mínimo una vez al año, su análisis y las recomendaciones incorporadas al plan.
- Ley 1562 de 2012
art. 13: multa por incumplir las normas de SST.
- Decreto 2157 de 2017
plan de gestión del riesgo de desastres de las entidades públicas y privadas: a quién obliga (art. 2.3.1.5.1.2.2 del Decreto 1081 de 2015).
- Ley 1523 de 2012
Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres; su art. 42 es la base del plan del Decreto 2157.