Examen osteomuscular
Examen osteomuscular es la evaluación médica ocupacional con énfasis en músculos, huesos y articulaciones que se hace a quienes cargan peso, repiten movimientos o trabajan en posturas exigentes.
En Medina SST Empresarial lo organizamos dentro del SG-SST: definimos a qué cargos les corresponde, preparamos la información para el médico y leemos los conceptos con la empresa.
Por Pablo Medina · Especialista SST 7 min de lectura

Examen osteomuscular: qué es y qué no es
La palabra osteomuscular no aparece en la Resolución 1843 de 2025, que hoy regula estas evaluaciones. Lo que dice la norma es que una evaluación médica ocupacional incluye un examen físico completo «con énfasis en el órgano o sistema blanco», es decir, en la parte del cuerpo que el riesgo puede afectar. Cuando el riesgo es de cargas, posturas o movimientos repetidos, ese sistema es el osteomuscular.
Eso aclara una confusión frecuente: no es un tipo más de examen. Las evaluaciones que fija la norma siguen siendo seis, y están explicadas en el examen médico ocupacional. El énfasis osteomuscular va dentro de la que corresponda, sea la de pre-ingreso, la periódica o la de egreso.
Tampoco es un diagnóstico de una enfermedad. Si el médico encuentra algo, le dice a la empresa qué restricciones o recomendaciones hay, y orienta a la persona. Qué pruebas hace y cómo las interpreta es decisión clínica del médico.
A qué cargos se les hace
Depende de los peligros del cargo, no de que suene importante. La pista está en la matriz de peligros: si un cargo tiene riesgo biomecánico, lo razonable es que su evaluación lleve ese énfasis.
| Si el cargo tiene | Ejemplos | Qué se suele mirar |
|---|---|---|
| Manejo de cargas | Bodega, construcción, cargue y descargue | Espalda y extremidades |
| Movimientos repetidos | Línea de producción, empaque, confección | Manos, muñecas y hombros |
| Posturas prolongadas | Oficina, call center, conductores, cajeros | Cuello y espalda |
| Fuerza o vibración | Herramientas, maquinaria, obra | Extremidades y columna |
Lo que corresponde a cada cargo queda en el profesiograma, que es donde la empresa define qué evaluaciones y con qué énfasis pide. Sin ese documento, cada examen se decide en el momento y no hay forma de explicar por qué a unos sí y a otros no.

¿Sus exámenes tienen el énfasis correcto?
Definimos qué evaluación le corresponde a cada cargo, organizamos los exámenes y leemos los conceptos con usted. Cuéntenos su actividad y qué cargos manejan carga o posturas.
Quién lo hace y quién lo paga
La Resolución 1843 de 2025 es directa en los dos puntos. Las evaluaciones las practican médicos especialistas en seguridad y salud en el trabajo con licencia vigente, con una excepción para los sitios donde la secretaría de salud certifique que no hay disponibilidad.
El costo es del empleador, incluidas las pruebas complementarias que pida el médico. La norma agrega que en ningún caso se le pueden cobrar ni solicitar al aspirante o al trabajador, y que la ARL no está autorizada para pagarlas. Si el examen periódico obliga a un viaje a otro municipio, los desplazamientos y la manutención también corren por cuenta de la empresa.
Lo que la empresa le debe entregar al médico
Aquí falla casi todo el mundo. La empresa manda al trabajador con una orden y espera un resultado útil, pero el artículo 16 dice que el empleador debe suministrar una información mínima para hacer la evaluación. Y pide que quede evidencia de que se entregó y de que se recibió.

El perfil del cargo es la pieza central, y la norma le pide bastante: funciones, responsabilidades, requisitos físicos, riesgos asociados a las tareas y medidas preventivas. Los estudios técnicos también entran, y la norma nombra expresamente las valoraciones del riesgo biomecánico. Si el médico considera que la información no alcanza, puede pedir más.
Formato de entrega de información al médico
Este formato deja la evidencia de entrega y recibido que pide la norma. No lleva datos clínicos: solo la información del cargo. Cópielo en Word o en Excel, uno por cargo.
Formato en blanco para copiar
| LOGO DE LA EMPRESA | MEDICINA DEL TRABAJO DATOS PARA EL MÉDICO | Código: |
| Versión: | ||
| Fecha: | ||
| Página 1 de 1 |
| 1. El cargo | |
|---|---|
| Empresa | |
| Cargo | |
| Tipo de evaluación | |
| Énfasis solicitado | |
| 2. Lo que exige el cargo | |
|---|---|
| Tareas | |
| Requisitos físicos | |
| Riesgos de las tareas | |
| Medidas preventivas | |
| 3. Documentos entregados | ||
|---|---|---|
| Documento | Sí o no | Fecha |
| Perfil del cargo | ||
| Matriz de peligros | ||
| Indicadores del riesgo | ||
| Estudios técnicos | ||
| Indicadores biológicos | ||
| 4. Entrega y recibido | |
|---|---|
| Entrega, empresa | Recibe, médico |
Al pegarlo en Word o en Excel conserva las casillas. Use uno por cargo y guárdelo como evidencia de entrega; no incluya datos clínicos.
Examen o análisis de puesto: se complementan
Se confunden porque los dos hablan de lo mismo. El examen lo hace un médico y mira a la persona. El análisis de puesto de trabajo observa la tarea y mira lo que el puesto le exige.

Cuando el médico señala una restricción, lo que sigue suele ser mirar el puesto. Y cuando varias personas del mismo cargo presentan molestias, el problema probablemente no está en ellas.

Lo que recibe la empresa
La empresa no recibe la historia clínica. La norma limita lo que llega al empleador al concepto médico, con las restricciones y las recomendaciones que debe adaptar. Pedir más, o guardar resultados clínicos en la carpeta del trabajador, es un problema: la información de salud es un dato sensible protegido por la Ley 1581 de 2012.
Lo que sí recibe, y con frecuencia archiva sin leer, son las recomendaciones. Una restricción de carga que nadie aplica deja al trabajador expuesto y a la empresa sin defensa. Y cuando alguien vuelve de una incapacidad larga, el camino sigue en el reintegro laboral.
Qué hacer con los resultados
Un examen aislado dice poco. La Resolución 1843 de 2025 pide que los criterios de las evaluaciones periódicas estén definidos y justificados en los programas de vigilancia epidemiológica. Por eso los resultados del grupo alimentan el sistema de vigilancia del riesgo biomecánico, y es ahí donde la empresa ve si un área empeora. La IPS, además, debe entregar cada diciembre un diagnóstico general de salud de la población que valoró.
Con eso se deciden las medidas: ajustar el puesto, ayudas mecánicas, rotación o pausas activas. Los criterios clínicos para desórdenes musculoesqueléticos vienen de las guías que adoptó la Resolución 2844 de 2007, y su aplicación le corresponde al médico.
Errores frecuentes
- Pedirlo a todos por igual, sin mirar los peligros de cada cargo.
- No pedirlo en cargos con carga o posturas porque «es más caro».
- Mandar al trabajador sin información para el médico.
- Cobrárselo al aspirante, lo que la norma prohíbe.
- Guardar resultados clínicos en la hoja de vida.
- Archivar las restricciones sin aplicarlas.
- Hacer el examen y no usar los resultados en la vigilancia de la salud.
Qué arriesga la empresa
Si un trabajador desarrolla una enfermedad laboral y la empresa no puede mostrar que evaluó ese riesgo, tiene una conversación difícil por delante. Una evaluación sin énfasis, además, deja pasar justo lo que debía detectar. Las normas de seguridad y salud en el trabajo se sancionan según la Ley 1562 de 2012. Cada caso jurídico lo valora su abogado y cada caso clínico, el médico.
Preguntas frecuentes
¿Qué es un examen osteomuscular?
Es una evaluación médica ocupacional con énfasis en músculos, huesos y articulaciones. La norma la describe como un examen físico con énfasis en el órgano o sistema blanco.
¿Es obligatorio el examen osteomuscular?
Las evaluaciones médicas ocupacionales son obligatorias. El énfasis depende de los peligros del cargo: donde hay riesgo biomecánico, lo razonable es que la evaluación lo incluya.
¿Quién paga el examen osteomuscular?
El empleador, con las pruebas complementarias que pida el médico. No se le puede cobrar al aspirante ni al trabajador, y la ARL no está autorizada para pagarlo.
¿Cada cuánto se hace?
La empresa define la periodicidad según la exposición y debe justificarla técnicamente. La Resolución 1843 fija que no supere, en caso excepcional, tres años.
¿La empresa puede ver los resultados?
Solo recibe el concepto médico, con las restricciones y recomendaciones. La historia clínica queda bajo reserva.
¿Es lo mismo que el análisis de puesto de trabajo?
No. El examen lo hace un médico y mira a la persona; el análisis de puesto observa la tarea. Se complementan.
¿Medina hace el examen osteomuscular?
Lo organizamos dentro del SG-SST; el examen lo practica un médico con licencia. Pídanos información por WhatsApp 322 818 79 63.
Fuentes normativas oficiales
- Resolución 1843 de 2025, artículos 3, 5, 8, 10, 16 y 17
Regula las evaluaciones médicas ocupacionales, quién las paga y qué información debe entregar el empleador al médico.
- Decreto 1072 de 2015
Incluye las evaluaciones médicas y los programas de vigilancia entre las medidas de control del SG-SST.
- Resolución 0312 de 2019
Hace verificables las evaluaciones médicas ocupacionales dentro de los estándares mínimos.
- Resolución 2844 de 2007
Adopta las guías de atención integral para desórdenes musculoesqueléticos.
- Ley 1581 de 2012
Protege los datos sensibles, entre ellos los de salud del trabajador.
- Ley 1562 de 2012
Fija las multas por incumplir las normas de seguridad y salud en el trabajo.
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Cómo lo trabaja Medina
Medina no es una IPS: los exámenes los practica un médico con licencia. Lo que hacemos es organizarlos dentro del SG-SST. Definimos qué evaluación y qué énfasis corresponden a cada cargo, preparamos la información que el médico debe recibir y leemos los conceptos con usted para saber qué hay que adaptar. Y si hace falta mirar el puesto, nuestro fisioterapeuta especialista en SST hace el análisis.
Escríbanos por WhatsApp 322 818 79 63 o al teléfono 601 9038072 con su actividad y los cargos que quiere revisar.
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