Alcoholímetro para empresas
Alcoholímetro es el equipo calibrado que mide, en el aire que una persona exhala, la presencia de alcohol y su concentración estimada. En una empresa se usa para prevenir accidentes en los cargos donde alguien bajo los efectos del alcohol pone en riesgo a otros: quien conduce, quien opera una máquina, quien trabaja en alturas.
Medina SST Empresarial vende alcoholímetros para empresas.
Por Pablo Medina · Especialista SST 10 min de lectura

Qué es un alcoholímetro
La Resolución 1843 de 2025 lo define en su artículo 3 como «analizador de alcohol en aire espirado»: un «equipo calibrado para ser utilizado con el fin de medir, en el aire espirado por una persona, la presencia de alcohol y la concentración estimada». La palabra que más pesa de esa definición es calibrado. Un aparato que nadie ha calibrado da un número, pero no una medición que la empresa pueda sostener.
El alcoholímetro no mide la sangre. Estima el alcohol en sangre a partir del aire, y por eso el resultado se expresa como una concentración estimada. La alcoholemia, la que se hace sobre una muestra de sangre, es otra prueba y otro procedimiento.
Para qué lo usa una empresa
Para prevenir, no para castigar. El artículo 24 de la Resolución 1843 lo dice sin rodeos: estas pruebas «estarán dirigidas a acciones de prevención de accidentes de trabajo y enfermedad laboral». El alcohol es un factor de riesgo como lo es una máquina sin guarda: la empresa lo identifica, lo controla y deja evidencia de que lo hizo.
En la práctica, el alcoholímetro aparece en tres situaciones. Antes de entregar un vehículo de la empresa o empezar una ruta. Antes de una tarea de alto riesgo, como subir a una estructura o entrar a un espacio confinado. Y cuando un supervisor ve señales de que alguien no está en condiciones de trabajar con seguridad.
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Vendemos alcoholímetros para empresas y armamos el programa de prevención del consumo de alcohol dentro del SG-SST y del plan de seguridad vial. Cuéntenos cuántos conductores u operarios tiene y en qué ciudad.
Escribir por WhatsApp · 322 818 79 63Qué dice la Resolución 1843 de 2025
La Resolución 1843 regula las evaluaciones médicas ocupacionales y derogó la Resolución 2346 de 2007. Su artículo 24, «Pruebas de alcoholemia, alcoholimetría y sustancias psicoactivas», pone cuatro condiciones a la prueba que una empresa le hace a un trabajador:
| Lo que exige el artículo 24 | Qué significa para la empresa |
|---|---|
| Que la prueba se dirija a prevenir accidentes de trabajo y enfermedad laboral | La prueba es una medida de prevención del SG-SST, no un mecanismo disciplinario |
| Que se aplique a personas cuya actividad implica un riesgo para los demás o que responden por terceros | No se le aplica a toda la planta por igual: se escoge por cargo |
| Que esté implementada y justificada técnicamente en el SG-SST | La matriz de peligros y el programa tienen que explicar por qué ese cargo |
| Que se haga conforme al programa de prevención de consumo de alcohol y drogas de la organización, articulado con la Resolución 20223040040595 de 2022 | Sin programa escrito, la prueba no tiene dónde apoyarse |
El parágrafo 1 dice quiénes desempeñan ese tipo de actividades, «entre otros»: conductores de cualquier tipo de vehículo; pilotos, instructores de vuelo y personal técnico de aeronaves; maquinistas y operarios; médicos, odontólogos y demás profesionales de la salud; quienes manipulan o tienen a su cuidado sustancias combustibles, inflamables, explosivas, tóxicas, corrosivas o radiactivas; quienes portan o transportan armas, y los trabajadores de actividades de clase de riesgo IV y V. Para esos casos, añade, «no se requiere la autorización del trabajador para realización de la prueba».

El artículo 5, literal g, completa el cuadro: entre las responsabilidades del empleador está incluir en el SG-SST «campañas específicas, tendientes a fomentar la prevención y el control de fármaco dependencia, el alcoholismo y el tabaquismo». El alcoholímetro es una herramienta de ese programa, no el programa entero.
Comprar el equipo no es cumplir
Es la parte que casi ningún vendedor menciona. El parágrafo 2 del mismo artículo 24 exige que la toma de las pruebas de alcoholimetría sea realizada por personal médico con licencia de salud ocupacional vigente, y que haya un sistema de aseguramiento de la calidad que cubra «la calibración del equipo y capacitación de los profesionales responsables de la toma, custodia y reserva de los resultados».
Dicho de otra forma: una empresa que compra un alcoholímetro y se lo entrega al jefe de patio para que sople a cada conductor tiene un aparato, pero no tiene una prueba que se sostenga. Le faltan el programa que la justifica, el profesional que la toma, el equipo calibrado y la reserva del resultado.

Alcoholimetría y alcoholemia no son la misma prueba
Las dos buscan alcohol, pero en muestras distintas y con alcances distintos. La alcoholimetría se hace sobre el aire espirado con un alcoholímetro y da un resultado inmediato; la alcoholemia se hace sobre sangre, en un laboratorio. El parágrafo 3 del artículo 24 remite a las guías técnicas del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses para los aspectos técnicos de la toma de una y otra.

El alcoholímetro dentro del plan de seguridad vial
Para una empresa con flota, el alcoholímetro es sobre todo una pieza del plan estratégico de seguridad vial. La Ley 1503 de 2011, en su artículo 12, obliga a tener PESV a quien tiene más de diez vehículos o contrata o administra personal de conductores, y la Resolución 1843 pide que las pruebas se articulen con la metodología del PESV que adoptó la Resolución 20223040040595 de 2022 del Ministerio de Transporte.
Ahí el riesgo se mide en dos frentes. Uno es el accidente. El otro es la sanción al conductor: el artículo 152 de la Ley 769 de 2002, modificado por la Ley 1696 de 2013, gradúa la alcoholemia y sus sanciones, y desde la primera vez en grado cero la sanción incluye la suspensión de la licencia de conducción por un año.
| Grado (Ley 769, art. 152) | Alcohol en sangre |
|---|---|
| Grado cero de alcoholemia | 20 a 39 mg de etanol/100 ml |
| Primer grado de embriaguez | 40 a 99 mg de etanol/100 ml |
| Segundo grado de embriaguez | 100 a 149 mg de etanol/100 ml |
| Tercer grado de embriaguez | 150 mg de etanol/100 ml en adelante |
Un conductor con la licencia suspendida es un conductor que la empresa no puede poner en la ruta. Por eso el control previo a la salida cuenta tanto como el que hace la autoridad de tránsito, y por eso el chaleco reflectivo, el kit de carretera y el alcoholímetro suelen cotizarse juntos dentro del PESV.
El resultado es un dato de salud
El artículo 25 de la Resolución 1843 dice que los resultados de estas pruebas «deberán ser tratados bajo los principios de confidencialidad conforme a lo establecido en la Ley 1581 de 2012». Un resultado que circula en el grupo de mensajes del área, o que queda anotado en una planilla abierta en la portería, es un problema de protección de datos, además de un problema de convivencia.
El mismo artículo marca el tono para las sustancias psicoactivas: las pruebas «tendrán un carácter preventivo» y, si una sale positiva, el empleador «deberá exhortar al trabajador a que inicie el proceso de tratamiento» a través de su EPS. La norma pone primero la salud del trabajador.
Eso no borra la otra cara. El Código Sustantivo del Trabajo, en su artículo 60, numeral 2, prohíbe a los trabajadores «presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de narcóticos o drogas enervantes». Qué consecuencia disciplinaria tiene un caso concreto depende del reglamento interno, del contrato y del procedimiento que se siga, y esa valoración la hace el abogado laboral de la empresa, no el área de SST.

Qué arriesga la empresa que lo hace mal
El riesgo no está en no tener alcoholímetro. Está en tenerlo y usarlo de una forma que la norma no respalda. Cuando una visita o una investigación de accidente revisa el tema, pregunta por el programa de prevención del consumo, por la justificación de los cargos a los que se les aplica la prueba, por quién la toma y por dónde se guardan los resultados.
Una empresa que no puede mostrar eso se expone por dos lados. Ante el Ministerio del Trabajo, porque el programa y las campañas del artículo 5 hacen parte del SG-SST, y su incumplimiento cae en el régimen sancionatorio de la Ley 1562 de 2012. Y ante el propio trabajador, porque una prueba sin programa, tomada por quien no corresponde o divulgada sin reserva, es la que más fácil se cae cuando se discute.
Los errores que más se encuentran
- Comprar el aparato y no escribir el programa. La prueba queda sin base.
- Aplicarla a toda la planta por igual, sin la justificación por cargo que pide el artículo 24.
- Que la tome el supervisor o el vigilante en lugar de personal médico con licencia.
- Un equipo que nunca se ha calibrado, o cuyo certificado venció.
- Reutilizar boquillas entre una persona y otra.
- Resultados a la vista de todos, en la portería o en un chat del área.
- Usar la prueba solo para sancionar, cuando la norma la pone al servicio de la prevención.
Qué exigir al comprar un alcoholímetro
- Certificado de calibración del equipo, con su fecha, y cada cuánto hay que repetirla.
- Boquillas desechables en empaque individual y su disponibilidad para reponerlas.
- Registro del resultado: que el equipo guarde o imprima la medición, para que haya soporte.
- Manual en español y soporte técnico en Colombia.
- Que el proveedor pregunte para qué lo va a usar: no es lo mismo un control antes de una ruta que un equipo para un consultorio.
- Que la compra venga con el programa, o que la empresa ya lo tenga escrito antes de la primera prueba.
Preguntas frecuentes
¿Una empresa puede hacerle la prueba de alcoholímetro a un trabajador?
Sí, en el marco de la Resolución 1843 de 2025: con fines de prevención, a personas cuya actividad implica un riesgo para los demás, justificada en el SG-SST y conforme a un programa de prevención del consumo de alcohol y drogas.
¿Se necesita la autorización del trabajador?
Para las actividades que enumera el parágrafo 1 del artículo 24 —conductores, operarios, quienes manejan sustancias peligrosas o armas, y las actividades de clase de riesgo IV y V, entre otras— la norma dice que no se requiere. Los casos que no están en esa lista conviene revisarlos con el abogado laboral de la empresa.
¿Quién puede tomar la prueba?
Según el parágrafo 2 del artículo 24, personal médico con licencia de salud ocupacional vigente, con un sistema de aseguramiento de la calidad que incluya la calibración del equipo.
¿Qué diferencia hay entre alcoholimetría y alcoholemia?
La alcoholimetría mide el alcohol en el aire espirado con un alcoholímetro; la alcoholemia lo mide en sangre. La Resolución 1843 regula las dos.
¿El alcoholímetro hace parte del PESV?
La Resolución 1843 pide que las pruebas se articulen con la metodología del PESV de la Resolución 20223040040595 de 2022. En empresas con flota, el control de alcohol es parte de la gestión del riesgo vial.
¿Medina vende alcoholímetros?
Sí. Vendemos alcoholímetros para empresas y armamos el programa de prevención del consumo de alcohol dentro del SG-SST y del PESV. WhatsApp 322 818 79 63.
Fuentes normativas oficiales
- Resolución 1843 de 2025
Ministerio del Trabajo. Art. 3 lit. b: analizador de alcohol en aire espirado; art. 5 lit. g: campañas de prevención del alcoholismo; art. 24: pruebas de alcoholemia, alcoholimetría y sustancias psicoactivas; art. 25: carácter preventivo y confidencialidad.
- Código Sustantivo del Trabajo (Decreto 2663 de 1950)
Art. 60 num. 2: prohibición de presentarse al trabajo en estado de embriaguez.
- Ley 769 de 2002
Art. 152, modificado por la Ley 1696 de 2013: grados de alcoholemia y sanciones al conductor.
- Resolución 20223040040595 de 2022
Ministerio de Transporte. Metodología del plan estratégico de seguridad vial.
- Ley 1503 de 2011
Art. 12: quiénes deben tener plan estratégico de seguridad vial.
- Ley 1562 de 2012
Art. 13: sanciones al empleador por incumplir las normas del Sistema de Riesgos Laborales.
- Ley 1581 de 2012
Protección de datos personales, a la que remite la Resolución 1843 para la reserva de los resultados.
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Cómo lo trabaja Medina
Vendemos alcoholímetros para empresas y no los entregamos sueltos. Antes de cotizar preguntamos cuántas personas están en cargos de riesgo para terceros, si hay flota y PESV, y quién va a tomar la prueba, porque de eso depende qué equipo conviene y cuántas boquillas hay que prever.
Dentro del SG-SST armamos el programa de prevención del consumo de alcohol y drogas que pide la Resolución 1843: los cargos a los que aplica la prueba según la matriz de peligros, las campañas del artículo 5, la articulación con el PESV y la reserva de los resultados. Las evaluaciones médicas ocupacionales y el médico laboral quedan dentro del mismo sistema.
Escríbanos al WhatsApp 322 818 79 63 o llame al teléfono 601 9038072. Si el riesgo está en las tareas y no en la vía, el marco de trabajo en alturas también pasa por aquí.
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