Permiso de trabajo en alturas: qué exige y formato
Permiso de trabajo en alturas es el documento con el que la empresa verifica y autoriza, antes de empezar, cada trabajo en el que una persona queda expuesta al riesgo de caer: quién lo hace, qué tarea, a qué altura, con qué sistemas y equipos, y quién responde. La Resolución 4272 de 2021 fija en su artículo 15 lo que debe contener como mínimo.
Medina SST Empresarial elabora el procedimiento de permisos de trabajo en alturas y vende los equipos y el EPP para alturas.
Por Pablo Medina · Especialista SST 8 min de lectura

Qué es el permiso de trabajo en alturas
La Resolución 4272 de 2021 lo define como el «mecanismo administrativo que, mediante la verificación y control previo de todos los aspectos relacionados en la presente resolución, tiene como objeto fomentar la prevención durante la realización de trabajos en alturas». Las dos palabras que definen su valor son previo y verificación: se hace antes, y no es una declaración sino una comprobación.
No reemplaza a nada de lo demás. El trabajador sigue necesitando su capacitación, el equipo su inspección y la empresa su programa de prevención contra caídas; el permiso es el punto en que todo eso se revisa, junto, para una tarea y un día concretos.
Qué dice el artículo 15 de la Resolución 4272
El artículo 15 parte de un principio: «Todos los trabajos en alturas deben obedecer a una acción planificada, organizada y ejecutada por trabajadores autorizados». Y concreta cuándo hace falta el permiso: siempre que un trabajador requiera exponerse al riesgo de caídas, «debe contar con un aval a través de un permiso de trabajo en alturas acompañado de una lista de chequeo», más aún donde no haya barandas, control de acceso, demarcación o barreras físicas que cumplan la norma.
Al empleador le pide un procedimiento para los permisos, previo al inicio del trabajo, y enumera lo que el formato debe contener como mínimo. Agrupado, es esto:
| Lo que verifica el permiso | Contenidos mínimos del artículo 15 |
|---|---|
| Quiénes | Nombres de los trabajadores, afiliación vigente a la seguridad social, requisitos de aptitud, constancia de capacitación o certificado de competencia, documento y firma |
| Qué tarea | Tipo de trabajo, altura aproximada, fecha y hora de inicio y de terminación, descripción y procedimiento de la tarea |
| Con qué sistemas | Sistema de prevención contra caídas, equipos y sistema de acceso, verificación de los puntos de anclaje por cada trabajador, sistemas de restricción, posicionamiento o detención de caídas |
| Con qué equipos | Elementos de protección personal seleccionados por el empleador y herramientas a utilizar |
| Qué otros riesgos | Distancia segura a líneas o equipos eléctricos energizados y los demás riesgos y condiciones medioambientales, en un formato de análisis de peligros por actividad |
| Quién responde | Quien autoriza, quien activa el plan de emergencias y el coordinador de trabajo en alturas, con nombre y firma; el ayudante de seguridad, si se designa |

¿Sus permisos de alturas resistirían una investigación?
Elaboramos el procedimiento de permisos de trabajo en alturas dentro del SG-SST, con la revalidación, la suspensión y el cierre que pide la norma, y vendemos los equipos y el EPP para alturas.
Escribir por WhatsApp · 322 818 79 63El formato de permiso de trabajo en alturas
Este es el formato en blanco con los contenidos mínimos del artículo 15, para copiarlo a Word o Excel y ajustarlo con el encabezado de la empresa:
Formato de permiso de trabajo en alturas
| LOGO DE LA EMPRESA | SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PERMISO DE TRABAJO EN ALTURAS | Código: |
| Versión: | ||
| Fecha: | ||
| Página 1 de 1 |
| 1. Datos del trabajo | |||
|---|---|---|---|
| Empresa | NIT | ||
| Tipo de trabajo | |||
| Lugar exacto | |||
| Altura aproximada | Fecha | ||
| Hora de inicio | Hora de terminación | ||
| Permiso n.º | ATS asociado n.º | ||
| 2. Trabajadores autorizados | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Nombre y apellidos | Documento (clase y número) | Afiliación vigente a seguridad social | Requisitos de aptitud | Constancia de capacitación o certificado | Firma |
| 3. Descripción y procedimiento de la tarea |
|---|
| 4. Sistemas, equipos y herramientas | |||
|---|---|---|---|
| Sistema de prevención contra caídas | |||
| Equipos y sistema de acceso | |||
| Puntos de anclaje verificados por cada trabajador | |||
| Sistemas de restricción, posicionamiento o detención | |||
| Elementos de protección personal | |||
| Herramientas | |||
| 5. Otros riesgos | |||
|---|---|---|---|
| Distancia segura a líneas o equipos energizados y EPP dieléctrico | |||
| Demás riesgos y condiciones medioambientales (ver ATS) | |||
| Ayudante de seguridad designado | |||
| 6. Observaciones |
|---|
| 7. Autorizaciones | |||
|---|---|---|---|
| Autoriza el trabajo (nombre) | Firma | ||
| Responsable de activar el plan de emergencias | Firma | ||
| Coordinador de trabajo en alturas | Firma | ||
| 8. Revalidación, suspensión y cierre | ||||
|---|---|---|---|---|
| Fecha y hora | Motivo (turno, coordinador, trabajadores, condiciones) | Revalida, suspende o cierra | Nombre | Firma |
Al pegarlo en Word o en Excel conserva las casillas. Agregue una fila por cada trabajador autorizado.
Un formato completo no hace un permiso válido. Lo valida que cada casilla se compruebe en el sitio —el anclaje se mira, la afiliación se consulta, el certificado se revisa— y que lo firme el coordinador en cada evento.
Quién lo diligencia y quién lo firma
El parágrafo 3 del artículo 15 lo dice sin rodeos: el permiso «debe ser diligenciado, por el(los) trabajador(es) o por el empleador y debe ser revisado y suscrito por el coordinador de trabajo en alturas en cada evento». En cada evento: no hay permiso semanal ni mensual.
El coordinador de trabajo en alturas es el trabajador que la empresa designa, capaz de identificar peligros en el sitio y con autorización para aplicar medidas correctivas inmediatas. La norma aclara que no es un cargo nuevo: puede ser un supervisor, el responsable del SG-SST u otro trabajador que el empleador considere adecuado. Si además se designa un ayudante de seguridad —un trabajador autorizado que revisa las condiciones del sitio y controla el acceso a las áreas de riesgo—, el permiso debe dejarlo evidenciado.

Revalidación, suspensión y cierre
El permiso describe unas condiciones; si cambian, deja de describir la realidad. Por eso el artículo 15 exige que el procedimiento contemple los mecanismos de revalidación «cuando hay cambios de turno, cambios de coordinador, cambios de trabajadores autorizados, cambios de autoridades que validen el permiso, cambios de las condiciones iniciales del trabajo, entre otros», además de la cancelación, la suspensión y el cierre.

Cuando el trabajo lo hace un contratista, el mismo procedimiento debe definir las responsabilidades de contratante y contratista. Un permiso de la empresa contratista que nadie de la empresa contratante revisó es una de las fallas que más aparece en las investigaciones.
Permiso, lista de chequeo y ATS
Son tres documentos que se mencionan juntos y cumplen papeles distintos. El permiso autoriza la tarea y verifica sus condiciones. La lista de chequeo, que el artículo 15 pide que lo acompañe, comprueba punto por punto el sitio y los equipos. Y el análisis de trabajo seguro —el artículo lo nombra como «formato de análisis de peligros por actividad (ARO, ATS, o cualquier otra metodología)»— recoge los demás riesgos del trabajo y las condiciones del entorno.

Los errores que más se encuentran
- Un permiso para varios días o para toda una obra, cuando la norma lo pide en cada evento.
- Firmado sin estar en el sitio: el coordinador lo suscribe desde la oficina.
- Anclajes «verificados» que nadie miró, o uno solo para varios trabajadores sin comprobarlo por cada uno.
- Afiliación y certificado sin revisar, sobre todo en contratistas.
- Sin revalidar después del cambio de turno o de un aguacero.
- Sin nombre de quien activa la emergencia, el contenido que más se omite.
- Permiso sin ATS ni lista de chequeo, que el artículo 15 pide que lo acompañen.
Qué arriesga la empresa
Ante un accidente en alturas, el permiso es lo primero que se pide. Si no existe, si no corresponde a la tarea o si lo firmó alguien que no estaba, la empresa queda sin el soporte de que verificó las condiciones antes de exponer al trabajador. El incumplimiento de las normas de riesgos laborales tiene su régimen sancionatorio en el artículo 13 de la Ley 1562 de 2012, y una caída con incumplimiento demostrado es el caso más grave de ese régimen.
Preguntas frecuentes
¿Qué norma regula el permiso de trabajo en alturas?
La Resolución 4272 de 2021, en su artículo 15, que define cuándo se exige y lo que el formato debe contener como mínimo.
¿Cuándo se necesita permiso de trabajo en alturas?
Siempre que un trabajador requiera exponerse al riesgo de caídas, acompañado de una lista de chequeo, y más aún donde no haya barandas, control de acceso, demarcación o barreras que cumplan la norma.
¿Quién firma el permiso de trabajo en alturas?
Lo diligencia el trabajador o el empleador y lo revisa y suscribe el coordinador de trabajo en alturas en cada evento. También firman quien autoriza y quien activa el plan de emergencias.
¿Un permiso sirve para varios días?
No. La norma pide que el coordinador lo suscriba en cada evento, y que se revalide con cada cambio de turno, de coordinador, de trabajadores o de condiciones.
¿Qué relación tiene el permiso con el ATS?
El permiso debe tener en cuenta los demás riesgos y las condiciones del entorno, reflejados en un formato de análisis de peligros por actividad como el ATS. Son documentos distintos que van juntos.
¿Medina hace el procedimiento de permisos de alturas?
Sí. Lo elaboramos dentro del SG-SST, con el formato, la lista de chequeo y el ATS, y vendemos los equipos y el EPP para alturas. WhatsApp 322 818 79 63.
Fuentes normativas oficiales
- Resolución 4272 de 2021
Definiciones y art. 15: permiso de trabajo en alturas, contenidos mínimos del formato, firma del coordinador en cada evento, revalidación y cierre.
- Decreto 1072 de 2015
Art. 2.2.4.6.24, numeral 4: los permisos de trabajo entre los controles administrativos.
- Resolución 2400 de 1979, artículos 176 a 178
Arts. 176 a 178: elementos de protección personal según la naturaleza del riesgo.
- Ley 9 de 1979, artículos 122 y 123
Arts. 122 y 123: elementos de protección sin costo y ajustados a las normas técnicas.
- Resolución 0312 de 2019
Estándares mínimos del SG-SST: identificación de peligros y controles.
- Ley 1562 de 2012
Arts. 3 y 13: accidente de trabajo y sanciones al empleador.
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Cómo lo trabaja Medina
Elaboramos el procedimiento de permisos de trabajo en alturas dentro del SG-SST: el formato, la lista de chequeo, el análisis de trabajo seguro que lo acompaña y las reglas de revalidación, suspensión, cancelación y cierre, incluidas las responsabilidades de contratistas. Todo se articula con el programa de prevención contra caídas de la empresa.
Vendemos además los equipos y el EPP para alturas —arnés de seguridad, eslingas, conectores, líneas de vida y puntos de anclaje— y revisamos con la empresa que lo que el permiso verifica sea lo que de verdad usa el trabajador. El marco completo del tema está en trabajo en alturas.
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