Certificación de bomberos para su negocio
Certificación de bomberos para negocio es el nombre con el que se busca el certificado o concepto de seguridad que entrega el cuerpo de bomberos del municipio después de inspeccionar un establecimiento: revisa la prevención de incendios y la seguridad humana —extintores, salidas, señalización, iluminación de emergencia, alarma— y deja constancia de si el lugar cumple. La facultad de hacer esa inspección se la da el artículo 42 de la Ley 1575 de 2012.
Medina SST Empresarial no expide ese certificado, porque solo lo hace el cuerpo de bomberos: deja el negocio listo para la inspección.
Preparar la inspección de bomberos
Por Pablo Medina · Especialista SST 9 min de lectura

Qué es la certificación de bomberos
Es el resultado de una inspección que solo puede hacer el cuerpo de bomberos. La Ley 1575 de 2012, en su artículo 42 —modificado por la Ley 1796 de 2016—, les asigna a los bomberos la revisión de la prevención de incendios y la seguridad humana de las edificaciones, y nombra en particular a los establecimientos de comercio y a los industriales. Después de revisar, informan a la autoridad competente si el lugar cumple las normas de seguridad.
La ley distingue dos clases de visita: la que inspecciona y prueba, una vez al año, los sistemas de protección contra incendio, y las inspecciones técnicas planeadas sobre incendio y seguridad humana. Y le pone una carga al dueño del lugar: tiene que permitir y facilitar esas inspecciones.

Quién lo expide y quién no
Lo expide el cuerpo de bomberos del municipio donde funciona el negocio, sea oficial o voluntario. Nadie más. La misma Ley 1575, en su artículo 44, reserva la palabra «Bomberos» a los cuerpos de bomberos oficiales, voluntarios y aeronáuticos reconocidos, y obliga a cualquier institución privada que use esa denominación a cambiarla.
Eso sirve para descartar una oferta que circula: la de «vender» el certificado de bomberos o garantizarlo sin visita. El certificado sale de una inspección del cuerpo de bomberos, no de un pago a un tercero. Lo que sí puede hacer una empresa privada es ayudar a que el negocio cumpla antes de que llegue la inspección, que es lo que hace Medina.
Qué dice la ley sobre los negocios
El Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, la Ley 1801 de 2016, fija en su artículo 87 los requisitos para ejercer una actividad económica. Antes de empezar pide, entre otros, cumplir las normas de uso del suelo, tener la matrícula mercantil vigente y comunicar la apertura a la Policía. Y durante la actividad exige cumplir «las condiciones de seguridad, sanitarias y ambientales determinadas en el régimen de Policía».
| Norma | Qué dice | Qué significa para el negocio |
|---|---|---|
| Ley 1575 de 2012, art. 42 | Asigna a los bomberos la revisión de incendios y seguridad humana | El negocio debe facilitar la inspección |
| Ley 1575 de 2012, art. 44 | Solo los cuerpos de bomberos reconocidos se llaman «Bomberos» | Ningún particular expide el certificado |
| Ley 1801 de 2016, art. 87 | Durante la actividad se cumplen las condiciones de seguridad | No es un trámite de apertura: es todo el año |
| Ley 1801 de 2016, art. 87, par. 2 | Ninguna autoridad exige requisitos que no estén en la ley | El trámite se apoya en la ley, no en exigencias sueltas |
| Ley 1801 de 2016, art. 92, num. 16 | Funcionar sin cumplir los requisitos tiene sanción | Multa general tipo 4 y suspensión temporal de la actividad |
Leídas juntas, las dos leyes explican por qué la inspección no es un papel que se saca una vez. El Código de Policía no pone el certificado en la lista de requisitos previos para abrir, pero exige las condiciones de seguridad mientras el negocio funcione, y la Ley 1575 faculta a los bomberos para verificarlas. Cómo se pide la visita, cuánto tarda y si tiene costo lo organiza el cuerpo de bomberos de cada municipio, y allí se consulta.
Lo que revisa la inspección
Cada cuerpo de bomberos tiene su propio formato, pero la inspección gira alrededor de los mismos temas, porque son los que deciden si una persona sale viva de un incendio. Cada uno tiene detrás una norma.

Los extintores. La Resolución 2400 de 1979 exige extintores de tipo adecuado, accesibles, revisados como mínimo una vez al año y con personal instruido en su manejo, y la NSR-10 pide que cumplan la NTC 2885. Que el extintor corresponda al riesgo importa tanto como que esté cargado: el detalle está en tipos de extintores y su revisión de cada mes, en inspección de extintores.
Las salidas. La misma resolución exige que las puertas de salida y de emergencia estén libres de obstáculos y abran hacia afuera. Una salida con candado, con mercancía delante o que abre hacia adentro es de lo primero que se observa, y se acompaña de la señalización de salida de emergencia.
La iluminación de emergencia. El RETILAP de 2026 exige iluminación de emergencia automática en la ruta de evacuación y su señalización, en instalaciones nuevas, ampliadas o modernizadas. Qué la diferencia de una lámpara común se explica en lámpara de emergencia.
La detección y la alarma. No todos los negocios la necesitan: la NSR-10 la exige según el grupo de ocupación, el tamaño y los pisos de la edificación. Donde aplica, se revisa que exista y que funcione; el sistema se describe en alarma contra incendios.
El plan de emergencias. Si el negocio tiene trabajadores, el Decreto 1072 de 2015 le exige un plan de prevención, preparación y respuesta ante emergencias, con brigada y simulacro anual. Lo que debe contener está en plan de emergencias.

Los sistemas contra incendio tienen su prueba anual
Cuando el negocio tiene una red contra incendios, rociadores o un sistema de detección, el numeral 1 del artículo 42 agrega la inspección y prueba anual de esos sistemas. Ahí ya no basta con tenerlos instalados: tienen que funcionar el día de la prueba, con su mantenimiento al día y sus válvulas, bombas y alarmas en servicio. Cómo funciona cada sistema está en red contra incendios y en rociadores contra incendio.
¿Le viene la inspección de bomberos?
Dejamos su negocio listo para la inspección: extintores, señalización, plan de emergencias y brigada, y detección y alarma donde la exige la norma. Cuéntenos qué negocio tiene, el área y la ciudad, y le decimos qué le falta.
Escribir por WhatsApp · 322 818 79 63Los negocios pequeños también
Una tienda, una peluquería o un restaurante de barrio no tienen una red contra incendios, pero sí tienen lo básico que se revisa: el extintor, la salida, la señal y, en una cocina, el riesgo de grasa caliente. En una cocina con freidoras, el aceite encendido no se controla con cualquier extintor: el que le corresponde es el de agente húmedo, que se explica en extintor de acetato de potasio.

El tamaño cambia la escala, no el criterio. Un local pequeño con un extintor vencido, la puerta trasera con candado y la única salida tapada por cajas falla la inspección igual que una bodega grande, y es más fácil de corregir si se hace con tiempo.
Los errores que más se encuentran

- El extintor vencido o equivocado. Sin recarga al día, descargado o de un tipo que no sirve para el riesgo del lugar.
- La salida bloqueada. Mercancía delante, puertas con candado durante el horario de atención o que abren hacia adentro.
- Sin señales de evacuación. El cliente que no conoce el lugar no tiene cómo encontrar la salida.
- Lámparas de emergencia que no encienden. Instaladas, pero con la batería muerta desde hace meses.
- Los sistemas sin prueba. Una red, unos rociadores o una alarma que nadie ha probado desde la instalación.
- Un plan de emergencias de papel. Existe en una carpeta, pero los trabajadores no saben qué hacer ni dónde reunirse.
Qué arriesga el negocio
El artículo 92 del Código de Policía considera un comportamiento contrario a la actividad económica desarrollarla sin cumplir cualquiera de los requisitos de la normatividad vigente, y la medida correctiva es multa general tipo 4 y suspensión temporal de la actividad. Para un negocio, una suspensión temporal suele costar más que todo lo que había que corregir.
Si el negocio tiene trabajadores, se suma el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo: la falta del plan de emergencias, de la brigada o de los equipos se sanciona con multas de hasta 500 salarios mínimos por el artículo 13 de la Ley 1562 de 2012. Y por encima de cualquier multa está el incendio mismo, que en un local sin salidas despejadas convierte un conato en una tragedia.
Qué exigirle a quien le ayude a prepararse
| Qué pedir | Por qué |
|---|---|
| Extintores del tipo adecuado al riesgo, con su recarga y su registro | Es lo primero que se revisa |
| Salidas y rutas despejadas y señalizadas | La Resolución 2400 exige puertas libres que abran hacia afuera |
| Iluminación de emergencia que funcione | El RETILAP la exige en la ruta de evacuación |
| Detección y alarma donde la NSR-10 la exige | Depende del uso, el tamaño y los pisos |
| Plan de emergencias, brigada y simulacro | El Decreto 1072 los exige a quien tiene trabajadores |
| Constancias de mantenimiento y prueba de los sistemas | La prueba anual de los sistemas es parte de la inspección |
Quien le ayude debe trabajar sobre su negocio real, recorriéndolo, y no entregarle una lista genérica. Y nadie distinto del cuerpo de bomberos puede prometerle el certificado.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la certificación de bomberos para un negocio?
Es el certificado o concepto que entrega el cuerpo de bomberos del municipio después de inspeccionar la prevención de incendios y la seguridad humana del establecimiento, con base en el artículo 42 de la Ley 1575 de 2012.
¿Quién expide el certificado de bomberos?
El cuerpo de bomberos del municipio, oficial o voluntario. Ninguna empresa privada puede expedirlo, y la Ley 1575 reserva el nombre «Bomberos» a los cuerpos reconocidos.
¿El certificado de bomberos es obligatorio para abrir un negocio?
El Código de Policía no lo pone entre los requisitos previos de apertura, pero exige cumplir las condiciones de seguridad durante toda la actividad, y la Ley 1575 faculta a los bomberos para inspeccionarlas. El trámite lo organiza el cuerpo de bomberos de cada municipio.
¿Qué revisan los bomberos en un negocio?
Los extintores, las salidas y su señalización, la iluminación de emergencia, la detección y la alarma donde la NSR-10 la exige, el plan de emergencias y, si hay sistemas contra incendio, su prueba anual.
¿Una empresa puede venderme el certificado de bomberos?
No. El certificado sale de una inspección del cuerpo de bomberos. Una empresa privada puede ayudarle a cumplir antes de la visita, pero no puede expedirlo ni garantizarlo.
¿Medina expide el certificado de bomberos?
No. Medina SST Empresarial deja el negocio listo para la inspección: extintores, señalización, plan de emergencias y brigada, y detección y alarma donde aplica. Escríbanos al WhatsApp 322 818 79 63 con el tipo de negocio y la ciudad.
Fuentes normativas oficiales
- Ley 1575 de 2012
Artículos 42 y 44: los cuerpos de bomberos inspeccionan los establecimientos de comercio e industriales, y solo ellos pueden llamarse «Bomberos».
- Ley 1801 de 2016, artículo 87
Artículo 87: durante la actividad económica se cumplen las condiciones de seguridad, sanitarias y ambientales.
- Ley 1801 de 2016, artículo 92
Artículo 92, numeral 16: funcionar sin cumplir los requisitos tiene multa general tipo 4 y suspensión temporal de la actividad.
- Resolución 2400 de 1979
Artículos 16, 220 y 221: salidas despejadas que abren hacia afuera, y extintores adecuados, revisados cada año y accesibles.
- Título J de la NSR-10
Tabla J.4.2-1 y numerales J.4.3: dónde son obligatorias la detección y la alarma, y extintores según la NTC 2885.
- Resolución 40286 de 2026
RETILAP 2026, 3.2.4: iluminación de emergencia automática en la ruta de evacuación de instalaciones nuevas, ampliadas o modernizadas.
- Decreto 1072 de 2015
Artículo 2.2.4.6.25: plan de prevención, preparación y respuesta ante emergencias, con brigada y simulacro anual.
- Ley 1562 de 2012
Artículo 13: a la empresa que incumple la seguridad y salud en el trabajo se le pueden imponer multas de hasta 500 salarios mínimos.
Siga por aquí
Cómo lo trabaja Medina
No expedimos certificados de bomberos: eso solo lo hace el cuerpo de bomberos. Lo que hacemos es dejar el negocio listo para la inspección. Vendemos, instalamos, recargamos y mantenemos los extintores, con la recarga y el mantenimiento al día; vendemos la señalización de evacuación; instalamos detección y alarma contra incendio donde la norma la exige, y elaboramos el plan de emergencias con su brigada, su capacitación y su simulacro.
Escríbanos al WhatsApp 322 818 79 63 con el tipo de negocio, el área y la ciudad, o llame al teléfono 601 9038072.
Preparar la inspección de bomberos