Política de seguridad vial
Política de seguridad vial es el documento en el que el nivel directivo de la empresa se compromete a suministrar y garantizar los recursos para planear, implementar, seguir y mejorar su Plan Estratégico de Seguridad Vial. Es el paso 3 de la metodología del Ministerio de Transporte, aplica a todos los niveles del plan y tiene que cubrir los desplazamientos laborales y los trayectos de ida y regreso al trabajo de todos los colaboradores, con la fecha y la firma del representante legal.
Medina SST Empresarial implementa el PESV y construye con la gerencia la política de seguridad vial de cada empresa.
Por Pablo Medina · Especialista SST 8 min de lectura

Política de seguridad vial: qué es y hasta dónde llega
La Resolución 40595 de 2022 la define como el documento en el que el nivel directivo «se compromete a suministrar y garantizar los recursos para la planificación, implementación, seguimiento y mejora del PESV». No es una declaración de buenas intenciones: es el compromiso de poner plata, personas y tiempo detrás del plan.
El alcance lo fija la misma norma. La empresa debe documentarla «con alcance sobre los desplazamientos laborales y los trayectos en itinere para todos sus colaboradores». Entran el conductor de la flota y también el vendedor que visita clientes en su moto, la persona que viaja a una sede en otra ciudad y quien va de la casa al trabajo y de regreso.

Qué exige el paso 3
La metodología enumera siete condiciones. La política debe cumplirlas todas, y la verificación las revisa una por una.
| Literal | Lo que pide | El error que más se ve |
|---|---|---|
| a) | Compromisos claros del nivel directivo frente al PESV | Frases generales que no comprometen a nadie |
| b) | Ser adecuada a las actividades y al tamaño de la empresa, y a la naturaleza de sus riesgos viales | Un modelo descargado que no habla de la flota real |
| c) | Dar el marco para establecer los objetivos de seguridad vial | Objetivos que no salen de la política |
| d) | Incluir como compromiso el cumplimiento de los requisitos legales en seguridad vial | Olvidar el compromiso legal |
| e) | Incluir el compromiso de mejora continua del PESV | Tratarla como un documento terminado |
| f) | Ser concisa, clara, estar fechada y firmada por el representante legal | Firmada por el coordinador o sin fecha |
| g) | Revisarse como mínimo cada tres años, socializarse y estar accesible en todos los niveles | En una carpeta que nadie ha leído |
Este es el formato en blanco con las secciones que piden esos literales. Cópielo y escriba cada una con lo que su empresa de verdad se compromete a hacer.
Formato en blanco para copiar
| LOGO DE LA EMPRESA | PLAN ESTRATÉGICO DE SEGURIDAD VIAL POLÍTICA DE SEGURIDAD VIAL | Código: |
| Versión: | ||
| Fecha: | ||
| Página 1 de 1 |
| 1. La organización | |||
|---|---|---|---|
| Razón social | NIT | ||
| Nivel del PESV | Misionalidad | ||
| 2. Alcance |
|---|
| 3. Compromisos del nivel directivo |
| 4. Marco para los objetivos de seguridad vial |
| 5. Requisitos legales y mejora continua |
| 6. Firma y revisión | |
|---|---|
| Representante legal | Firma |
| Fecha | Próxima revisión |
| 7. Socialización | ||
|---|---|---|
| Fecha | Medio | Dirigida a |
Al pegarlo en Word o en Excel conserva las casillas. Escriba cada sección con lo que de verdad hace su empresa; la norma pide que sea propia.
¿La política de su PESV pasaría una verificación?
Implementamos el PESV de su empresa y construimos con la gerencia una política que corresponde a su flota, sus conductores y sus desplazamientos, lista para firmar y socializar. Díganos cuántos vehículos y conductores tiene.
Escribir por WhatsApp · 322 818 79 63Quién debe tenerla
La deben tener todas las empresas obligadas al Plan Estratégico de Seguridad Vial. La Ley 1503 de 2011, en el artículo 12 que reescribió el Decreto Ley 2106 de 2019, obliga a las organizaciones públicas y privadas que tienen más de diez vehículos en su flota, con motor o sin él, y a las que contratan o administran conductores. Ese mismo artículo pide conectar el plan con el SG-SST.
El paso 3 aplica a los tres niveles del plan, básico, estándar y avanzado. Una empresa pequeña con once vehículos tiene la misma obligación de tener política que una transportadora con cien; lo que cambia es lo que la política tiene que abarcar. Y una empresa nueva tiene un año desde su constitución para diseñar e implementar el PESV, como fija el artículo 3 de la Resolución 40595.
La política dentro del plan
La política no trabaja sola. La metodología la amarra a otros pasos, y por eso una política mal escrita arrastra al resto del plan.
- Paso 4, liderazgo del nivel directivo. Su primer literal es «la definición de la política y los objetivos del PESV». La política es la prueba escrita de ese liderazgo.
- Objetivos. El literal c) del paso 3 dice que la política da el marco para los objetivos de seguridad vial: si un objetivo no se puede rastrear hasta la política, sobra o falta algo.
- Paso 8, programas de riesgos críticos. El texto del paso 3 remite expresamente a ese paso, donde se definen los programas asociados a la política.

La socialización que pide el literal g) se demuestra con registros: a quién se le dio a conocer, cuándo y por qué medio. Una política en la cartelera de la recepción no llega al conductor que sale a las cinco de la mañana.
Política de seguridad vial y política de SST: ¿una o dos?
Pueden ser un solo documento. El anexo de la metodología lo permite de forma expresa: la política de seguridad vial «se puede articular con la Política del SG-SST y/o con los demás sistemas de gestión que tenga implementados la organización, siempre y cuando se cumpla lo establecido en el presente documento».
La condición es la que más se pasa por alto. La política de SST del artículo 2.2.4.6.6 del Decreto 1072 de 2015 se revisa como mínimo una vez al año; la de seguridad vial, como mínimo cada tres años. El alcance tampoco es el mismo: la de seguridad vial tiene que nombrar los desplazamientos laborales y los trayectos de ida y regreso al trabajo. Si se unen, el documento tiene que cumplir las dos normas a la vez. Lo que exige la política de SST lo explicamos en política de SST. El anexo hace la misma correspondencia con el numeral 5.2 de la norma ISO 39001, que pide su propia política.

Lo que revisa una visita
Según la Ley 2050 de 2020, la verificación del plan puede llegar del Ministerio del Trabajo, de la Supertransporte o de un organismo de tránsito. Sobre la política, el anexo trae dos preguntas para todos los niveles: si está documentada con alcance sobre los desplazamientos laborales y los trayectos en itinere de todos los colaboradores, y si cumple los requisitos del paso 3.

Detrás de esas dos preguntas el verificador busca soportes: el documento con fecha y firma, la evidencia de que se socializó y la fecha de la última revisión. La forma en que se miden los resultados del plan, que también se cruza con la política, está en indicadores del PESV.
Errores frecuentes
- La política de otra empresa. Un modelo descargado con el nombre cambiado, que no corresponde a la actividad, al tamaño ni a los riesgos viales reales.
- La firma equivocada. Firmada por el coordinador del PESV o por talento humano, y no por el representante legal.
- Sin fecha. Sin ella no hay forma de saber si se revisó en los últimos tres años.
- Solo para conductores. Deja por fuera al vendedor en moto, a quien viaja entre sedes y los trayectos de ida y regreso al trabajo.
- Compromisos que nadie cumple. Promete recursos, capacitaciones o controles que no aparecen en el plan de trabajo.
- Escrita y olvidada. Nadie la socializó, o se socializó una vez y no quedó registro.
- Un solo documento que no cumple dos normas. Unida a la de SST, pero sin el alcance vial o revisada con un calendario que no corresponde.
Qué arriesga la empresa
Una política que no cumple el paso 3 deja al plan sin su punto de partida, y el hallazgo aparece en la primera pregunta de la lista de verificación. Como el PESV se articula con el SG-SST, una falla aquí también se lee como una falla del sistema de gestión, y en ese terreno las sanciones salen del Decreto Ley 1295 de 1994 y su monto lo escala la Ley 1562 de 2012. Y en un siniestro vial con un trabajador, la política es de los primeros documentos que se piden para ver qué había prometido la empresa.
Preguntas frecuentes
¿Quién firma la política de seguridad vial?
El representante legal de la empresa. El literal f) del paso 3 pide que esté fechada y firmada por él o ella, igual que la política de SST.
¿Cada cuánto se revisa la política de seguridad vial?
Como mínimo cada tres años, según el literal g) del paso 3. Si cambia la flota, la operación o los riesgos viales, conviene revisarla antes.
¿La política cubre el trayecto de la casa al trabajo?
Sí. La norma pide que su alcance cubra los desplazamientos laborales y los trayectos en itinere de todos los colaboradores, es decir, la ida y el regreso al trabajo.
¿Se puede unir con la política de SST?
Sí, el anexo de la metodología permite articularlas, siempre que el documento cumpla lo que pide el PESV. Hay que cuidar el alcance vial y la revisión, que en SST es anual.
¿Sirve un ejemplo de política de seguridad vial descargado de internet?
Como punto de partida para entender la estructura, puede ser. Como política de la empresa, no: el literal b) pide que sea adecuada a sus actividades, a su tamaño y a sus riesgos viales, y un modelo ajeno no lo es.
¿Las empresas de nivel básico también la necesitan?
Sí. El paso 3 aplica a los tres niveles del PESV: básico, estándar y avanzado.
¿Medina redacta la política de la empresa?
Sí, dentro de la implementación del PESV, con la información real de su flota y sus conductores. La cotizamos por WhatsApp 322 818 79 63.
Fuentes normativas oficiales
- Resolución 20223040040595 de 2022, paso 3
El paso 3 del anexo, con los siete requisitos de la política, y las dos preguntas de la lista de verificación.
- Ley 1503 de 2011, artículo 12
Define quién debe tener PESV y lo conecta con el SG-SST.
- Decreto Ley 2106 de 2019, artículo 110
Le dio al artículo 12 de la Ley 1503 su texto actual, con el umbral de diez vehículos y el contenido mínimo del plan.
- Decreto 1072 de 2015, artículos 2.2.4.6.5 y 2.2.4.6.6
La política de SST: alcance, firma del representante legal y revisión mínima anual.
- Ley 2050 de 2020
Nombra a las tres entidades que pueden verificar el PESV.
- Decreto Ley 1295 de 1994
Fuente de las sanciones al empleador cuando desconoce las normas de riesgos laborales.
- Ley 1562 de 2012
La escala de multas por incumplir el sistema de riesgos laborales.
Siga por aquí
Cómo lo trabaja Medina
Construimos con la gerencia su política de seguridad vial, como parte del PESV que implementamos en su empresa. Partimos de la flota, los conductores y los desplazamientos reales, la dejamos lista para la firma del representante legal, la socializamos con registro y la amarramos a los objetivos y a los programas del plan. Si su empresa ya tiene política, la auditamos frente a los siete requisitos del paso 3. El servicio completo está en PESV, y la inspección preoperacional es uno de los controles que la política tiene que respaldar.
Cuéntenos por WhatsApp 322 818 79 63 cuántos vehículos y conductores tiene y si ya cuenta con PESV, o llámenos al teléfono 601 9038072.
Construir la política