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Centro de entrenamiento autorizado · Colombia

Curso de trabajo en alturas

Curso de trabajo en alturas es la capacitación y el entrenamiento que la Resolución 4272 de 2021 exige a toda persona que trabaje con riesgo de caída de más de 2 metros.

Medina lo dicta en todos sus niveles y expide el certificado como centro de entrenamiento autorizado.

Por Pablo Medina · Especialista SST 10 min de lectura

4niveles con certificado
18meses para el reentrenamiento de actualización
2 mdesde donde la norma exige el curso
Trabajadores con arnés de cuerpo completo, casco y uniforme durante el entrenamiento práctico del curso de trabajo en alturas en una estructura de entrenamiento

La respuesta corta

El curso de trabajo en alturas tiene cuatro niveles en la Resolución 4272: jefe de área (8 horas), trabajador autorizado (32), coordinador (80) y reentrenamiento (8). El reentrenamiento se hace al entrar a una empresa, cuando cambian las condiciones y a los 18 meses. Medina dicta todos los niveles como centro autorizado.

Qué exige la norma antes de que alguien suba

La Resolución 4272 de 2021 define el trabajo en alturas en su artículo 3: toda actividad con riesgo de caída mayor a 2,0 metros, medidos desde el plano de los pies del trabajador hasta el plano inferior más cercano. Desde ese punto, el artículo 9 es tajante: todos los trabajadores que laboren en esas condiciones deben tener su certificado de capacitación y entrenamiento, o una certificación de competencia laboral.

La obligación no es del trabajador. El artículo 61 se la pone al empleador, con tres detalles que casi nunca se leen completos: la capacitación se da sin ningún costo para el trabajador, el empleador debe verificar que el proveedor esté autorizado por el Ministerio del Trabajo y que cumpla la intensidad horaria, y quien contrata trabajo en alturas asume la capacitación y avisa a su ARL. La misma norma prohíbe que menores de edad y mujeres embarazadas trabajen en alturas, en cualquier tiempo de gestación.

El curso es una pieza del sistema, no el sistema. La empresa también necesita su programa de prevención y protección contra caídas, el coordinador, los permisos y el plan de rescate; todo eso está desarrollado en nuestra página de trabajo en alturas. Aquí nos ocupamos de la formación.

Los niveles del curso de trabajo en alturas y sus horas

El artículo 10 de la Resolución 4272 asigna un nivel a cada rol, y el artículo 27 fija cómo se dicta cada uno. Las horas son mínimas: un curso más corto que estas no cumple, por bien que se vea el certificado.

NivelPara quiénHoras mínimasCómo se dicta
Jefe de áreaQuien toma decisiones administrativas sobre el trabajo en alturas en la empresa8100 % teoría, presencial o virtual
Trabajador autorizadoQuien ejecuta el trabajo en alturas32Presencial, 60 % práctica y 40 % teoría
Coordinador de trabajo en alturasQuien controla los riesgos en el sitio de trabajo80Presencial, 60 % práctica y 40 % teoría
ReentrenamientoEl trabajador autorizado que debe mantenerse activo8Presencial, 80 % práctica y 20 % teoría

Dos lecturas de esa tabla evitan errores caros. La primera: el nivel coordinador cubre los requisitos de trabajador autorizado (parágrafo 2 del artículo 10), pero no lo exime de los reentrenamientos. La segunda: de los cuatro, solo el nivel de jefe de área admite modalidad virtual; un curso de trabajador autorizado o de coordinador dictado a distancia no cumple la norma.

Curso de trabajo en alturas: los cuatro niveles de la Resolución 4272 de 2021 con sus horas mínimas y su modalidad
Cada rol tiene su nivel. Las horas son mínimas: por debajo de ellas el curso no cumple.

«Básico» y «avanzado»: por qué ya no se llaman así

Mucha gente sigue buscando el curso «básico» o el «avanzado». Esos nombres eran de la Resolución 1409 de 2012, y el artículo 68 de la Resolución 4272 derogó expresamente esa norma, junto con las Resoluciones 1903 de 2013, 3368 de 2014, 1178 de 2017 y 1248 de 2020.

Hoy la equivalencia la da la propia Resolución 4272, en su artículo 29: el trabajador autorizado es «el anteriormente denominado nivel avanzado». El antiguo nivel básico no tiene un equivalente en la norma vigente: quien hoy trabaja con riesgo de caída de más de 2 metros necesita el nivel de trabajador autorizado.

Si una empresa todavía cotiza «cursos básicos», el problema no es de nombre. Está comprando con una norma que dejó de regir en 2022, y es probable que el resto de su programa de alturas tampoco esté al día.

El reentrenamiento: cada 18 meses, no cada año

Es la confusión más extendida del tema. La creencia general es que el certificado de alturas «vence cada año». La Resolución 4272 dice otra cosa, en su artículo 27: el reentrenamiento no es otro nivel de formación, sino un requisito del empleador para mantener activo al trabajador, y se hace en tres situaciones.

CuándoQué dice la norma
El trabajador entra nuevo a la empresa o al proyectoHace parte de la inducción, a cargo del empleador
Cambian sus condicionesCambia su actividad en alturas, los procedimientos, las técnicas, la tecnología de los equipos o sus labores
Pasan 18 meses sin cambios en la misma empresaReentrenamiento de actualización, enfocado en el sector económico del trabajador

En los tres casos la regla es la misma: presencial, mínimo 8 horas, 80 % de práctica, con un oferente autorizado por el Ministerio. Y dos frases del artículo merecen leerse literales: «No podrá exigirse al trabajador el reentrenamiento por su cuenta. El costo estará a cargo del empleador». Además, el empleador debe reportar a su ARL el nombre, el documento, la fecha y el oferente de cada reentrenamiento.

Por eso un contratista que llega a una obra con su certificado «vigente» no queda autorizado por ese solo papel: al entrar al proyecto, la norma pide el reentrenamiento de inducción.

Curso de trabajo en alturas: las tres situaciones en que la Resolución 4272 exige reentrenamiento, incluida la actualización a los 18 meses
El reentrenamiento no vence «cada año»: depende de quién entra, qué cambia y cuánto tiempo pasa.

Quién puede dictar el curso de trabajo en alturas

No cualquiera. El artículo 11 de la Resolución 4272 enumera quiénes pueden ofertar los niveles de jefe de área, trabajador autorizado y coordinador: el SENA, las empresas a través de unidades vocacionales de aprendizaje, las instituciones de educación superior, las personas naturales y jurídicas con licencia en seguridad y salud en el trabajo, las instituciones de formación para el trabajo con certificación de calidad y las cajas de compensación. Todos deben contar con entrenadores formados conforme a la norma.

Además de esa condición, el artículo 49 obliga a todo proveedor a inscribirse en el registro del Ministerio del Trabajo, declarando los niveles que imparte y las sedes donde lo hace. Y los oferentes no pueden compartir estructuras de entrenamiento ni funcionar en la misma dirección.

Para la empresa, la consecuencia práctica está en el artículo 63. Cuando ocurre un accidente grave en alturas, la ARL participa en la investigación revisando la competencia del trabajador y el curso que recibió. Si encuentra que el proveedor no cumplió el contenido o las horas, lo informa al Ministerio. Un curso barato de un oferente sin registro aparece justo cuando más cuesta.

Entrenador con chaleco reflectivo revisa la hebilla del pecho del arnés de cuerpo completo de un aprendiz antes de la práctica del curso de trabajo en alturas
La práctica la dirige un entrenador formado: es lo que el certificado firma y lo que la ARL revisa si algo sale mal.

Qué debe decir un certificado válido

El artículo 59 de la Resolución 4272 fija catorce campos mínimos para el certificado, y advierte que los que no los cumplan están sujetos a sanción. Entre ellos están los que más fallan en la práctica:

Lo que tiene que aparecerPor qué importa
La denominación «Certificado de capacitación y entrenamiento para Trabajo en Altura» y el nivel cursadoSin el nivel no se sabe para qué rol sirve
Nombre y número de registro del proveedorEs lo que permite comprobar que estaba autorizado
Dirección y área geográfica de la sede autorizada donde se dictóLa práctica se hace en una sede registrada
Firma del representante legal del centro y del entrenador, con su número de licencia en SSTEl entrenador también tiene que estar habilitado
Nombre del organismo certificador y número de radicado del Ministerio del TrabajoAcredita al proveedor como inscrito
Empresa que envía al trabajador y ARL a la que está afiliadoLiga la formación a una relación laboral real

Hay un detalle que delata a muchos certificados dudosos: el parágrafo 2 del mismo artículo prohíbe que lleven logos del Ministerio del Trabajo. Y el artículo 58 obliga al Ministerio a mantener una herramienta pública para consultar a las personas certificadas por los proveedores.

Curso de trabajo en alturas: los datos que debe llevar un certificado válido según el artículo 59 de la Resolución 4272
Un certificado sin número de registro del proveedor ni radicado del Ministerio no prueba lo que dice.

Curso o certificación de competencia laboral

El artículo 9 abre una segunda vía. El trabajador que, por su experiencia, considere que no necesita la capacitación puede presentarse a una evaluación de competencia laboral ante un organismo certificador. Si la aprueba, obtiene una certificación de competencia en lugar del certificado del curso.

La norma pone un límite que conviene tener claro: la certificación de competencia laboral no exime de los reentrenamientos. Para mantenerse como trabajador autorizado, esa persona sigue necesitando el reentrenamiento de inducción al entrar a una empresa, el que corresponde cuando cambian sus condiciones y el de actualización a los 18 meses.

Lo que arriesga la empresa

Un trabajador en alturas sin la formación que exige la Resolución 4272 es un incumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo, y el Decreto 1072 de 2015 exige además que la capacitación quede documentada y conservada (artículos 2.2.4.6.11 a 2.2.4.6.13). Las sanciones las fija la Ley 1562 de 2012 en su artículo 13: hasta 500 salarios mínimos por incumplir esas normas, y de 20 a 1.000 cuando el incumplimiento termina en la muerte del trabajador.

Los errores que más vemos son siempre los mismos:

  • Aceptar el certificado que trae el contratista y no hacer la inducción. La norma pide reentrenamiento al entrar a la empresa o al proyecto.
  • Comprar el nivel equivocado. Un supervisor de obra con curso de trabajador autorizado no cumple el rol de coordinador.
  • Pagar un curso virtual de trabajador autorizado. Ese nivel es presencial por norma; la modalidad virtual solo la admite el de jefe de área.
  • Descontarle el curso al trabajador. El artículo 61 lo prohíbe expresamente.
  • No reportar los reentrenamientos a la ARL. Es una obligación del empleador, no del centro.

Y en la autoevaluación de la Resolución 0312 de 2019, la capacitación en SST es uno de los estándares que se verifican incluso en la empresa más pequeña: el certificado de alturas es parte de esa evidencia.

Curso de trabajo en alturas: lo que la empresa debe verificar del proveedor y del trabajador según el artículo 61 de la Resolución 4272
La empresa responde por el curso que elige: proveedor autorizado, horas completas y cero costo para el trabajador.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas horas tiene el curso de trabajo en alturas?

Depende del nivel. La Resolución 4272 de 2021 fija mínimos: 8 horas para jefe de área, 32 para trabajador autorizado, 80 para coordinador y 8 para el reentrenamiento. Un curso con menos horas que esas no cumple la norma.

¿Cada cuánto se renueva el certificado de alturas?

El certificado no «vence cada año». Lo que la norma exige es el reentrenamiento: al ingresar a una empresa o proyecto, cuando cambian las condiciones del trabajo y, como actualización, a los 18 meses sin cambios en la misma empresa. Siempre presencial, de mínimo 8 horas.

¿El curso de trabajo en alturas se puede hacer virtual?

Solo el nivel de jefe de área, que es 100 % teórico. Los niveles de trabajador autorizado y coordinador, y el reentrenamiento, son presenciales por norma, porque la mayor parte de su intensidad es práctica.

¿Quién paga el curso: la empresa o el trabajador?

La empresa. El artículo 61 de la Resolución 4272 dice que la capacitación se da sin ningún costo para el trabajador, y el artículo 27 agrega que no puede exigírsele el reentrenamiento por su cuenta.

¿Todavía existen los cursos básico y avanzado?

No con esos nombres. Eran de la Resolución 1409 de 2012, que la Resolución 4272 derogó. Hoy el «avanzado» se llama trabajador autorizado; quien trabaja con riesgo de caída de más de 2 metros necesita ese nivel.

¿Cómo sé si un certificado de alturas es válido?

Debe llevar los campos del artículo 59 de la Resolución 4272, entre ellos el nivel, el número de registro del proveedor, la sede autorizada, la firma del entrenador con su licencia en SST y el radicado del Ministerio del Trabajo. No puede llevar logos del Ministerio.

Fuentes normativas oficiales

  • Resolución 4272 de 2021

    Ministerio del Trabajo. Requisitos mínimos de seguridad para trabajo en alturas: definición de 2,0 metros (art. 3), certificado obligatorio o competencia laboral (art. 9), niveles y horas (arts. 10 y 27), quién puede ofertar el curso (art. 11), registro de proveedores (art. 49), consulta pública de certificados (art. 58), contenido del certificado (art. 59), obligaciones del empleador (art. 61) y de la ARL (art. 63), y derogatorias (art. 68).

  • Resolución 1409 de 2012

    Ministerio del Trabajo. Reglamento anterior de trabajo seguro en alturas, origen de los niveles «básico» y «avanzado». Derogada expresamente por el artículo 68 de la Resolución 4272 de 2021.

  • Decreto 1072 de 2015

    Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo. Sus artículos 2.2.4.6.11 a 2.2.4.6.13 regulan la capacitación en SST y la documentación y conservación de sus soportes.

  • Resolución 0312 de 2019

    Estándares Mínimos del SG-SST. La capacitación en SST es uno de los estándares que se verifican desde la empresa más pequeña.

  • Ley 1562 de 2012

    Congreso de la República. Su artículo 13 fija las sanciones por incumplir las normas de seguridad y salud en el trabajo: hasta 500 SMMLV, y de 20 a 1.000 cuando el incumplimiento causa la muerte del trabajador.

  • Ley 1610 de 2013

    Congreso de la República. Regula la inspección del trabajo y el procedimiento sancionatorio con el que el Ministerio del Trabajo verifica estas obligaciones.

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Cómo lo trabaja Medina

En Medina SST Empresarial dictamos el curso de trabajo en alturas en todos sus niveles: jefe de área, trabajador autorizado, coordinador y reentrenamiento. El certificado se expide a nombre de Medina como centro de entrenamiento autorizado, con los campos que exige el artículo 59 de la Resolución 4272.

La diferencia con un curso suelto es que lo conectamos con el resto del sistema. Antes de inscribir a su personal revisamos qué rol cumple cada persona, para que no pague un nivel que no necesita ni le falte el que sí; programamos los reentrenamientos de inducción y de actualización, y dejamos la evidencia lista para el reporte a la ARL y para la autoevaluación. Si su empresa todavía no tiene el programa de prevención y protección contra caídas, lo armamos dentro de la asesoría en SG-SST, junto con la revisión de los elementos de protección personal para alturas y de los sistemas de acceso.

Para inscribir a su equipo, conocer las próximas fechas o pedir una cotización por nivel, escríbanos al WhatsApp 322 818 79 63, llame al 601 9038072 o escríbanos aquí. Con el número de personas y el rol de cada una le decimos qué nivel corresponde.

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